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¿Te la ligas? Guardias vs. Horas Extras

Parece que algunos de los responsables de proyectos jugaron mucho de pequeños al juego de “te la ligas”, aquel juego que tenías que correr mucho y estar muy avispado para que el que “se la ligaba” no te tocase, porque si te conseguía tocar, estabas jod… y eras tú desde ese mismo instante el que tenía la responsabilidad de perseguir a otro jugador para pasarle el marrón.

¿Te la ligas? Guardias vs. Horas ExtrasLa versión de enmarronamiento de los responsables de Tecnilógica es parecida, aunque con diferencias sustanciales, por ejemplo, en el caso de Tecnilógica, por muy rapidillo que seas, es probable que no te libres y para colmo, si no te apetece jugar, te criminalizan diciéndote que no piensas en tus compañeros, que no estás comprometido con el proyecto y otras X excusas que deben de venir en el manual de jardinería de “COMO HACER FLORECER A UN CAPULLO” o en el de libro de fantasía “LAS MIL Y UNA VENDIDAS DE MOTO”…. En fin, aquí prácticamente el juego consiste en que, incluso sin saber que estás jugando, te tocan y te dicen que hay “Guardia” un fin de semana, un festivo o similar. Pero, ¿qué entienden ellos por “Guardia?

Guardia para ellos es simplemente, venir a echar horas extras a destajo porque cualquier motivo, el más habitual es que “no se llega” (que nada tiene que ver con “no se vale”).

Pues bien, dejemos algunas cosas claras:

Las “Guardias” se refieren a la disponibilidad de un empleado fuera del horario laboral. Estas guardias podrían llegar a
necesitar intervención. Es decir, se entiende como GUARDIA, el hecho de que estemos atentos (disponibles) al teléfono que nos proporcionen, fuera de nuestro horario laboral.

Se entiende por “Horas Extraordinarias” todo aquel trabajo que hagamos adicional a nuestra jornada laboral. Las horas extraordinarias son voluntarias. Nuestro convenio de hecho exige la supresión de las horas extraordinarias habituales y sólo “obliga”, cuando este trabajo adicional venga exigido por la necesidad de reparar siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes, así como en el caso de riesgo de pérdida de materias primas. Esto es, circunstancias muy muy muy muy excepcionales, en las que no están incluidos ni mucho menos, los servicios 24×7, ni malas planificaciones. Para que os hagáis una idea, las horas extraordinarias que se generan en Tecnilógica, tienen que clasificarse según estas tipologías recogidas en convenio y nunca se ha dado el caso de que se clasifiquen en la tipología de “Reparación de Siniestros y otros daños extraordinarios y urgentes”.

La disponibilidad en Tecnilógica se paga en base a unos baremos fijados por la empresa (la representación legal de los trabajadores estuvimos dando el “coñazo” para que la empresa incrementase las cantidades y algo conseguimos “arañar).
Podéis ver la política en el link del portal de Accenture de RRHH, como resumen (38 € x guardia en día laborable, 60€/día festivos y findes de semana y 150€ adicionales 25 Diciembre, 1 y 6 de Enero).

Las horas de trabajo que necesitemos realizar durante las guardias, se cargarán como Horas Extraordinarias (recordemos que salvo ciertas circunstancias excepcionales, son voluntarias) y si necesitamos desplazamientos la empresa abonará los gastos en los que se haya incurrido desde el domicilio particular hasta el lugar de la intervención y viceversa.

Entonces, veamos algunos ejemplos de lo que son y no son guardias:

Mi responsable nos ha pedido que hagamos “guardia” este fin de semana y que vengamos a trabajar el sábado y el domingo.

No es una guardia porque no es “disponibilidad”, son horas extraordinarias (voluntarias).

¿Entonces no me tienen que pagar la “guardia” además de cargar las horas y los gastos que están recogidos en la
política?

Como es algo voluntario, estás en tu derecho de negociar con tu responsable para que, si quieren que vengas a trabajar
te paguen una cantidad adicional (por ejemplo, el mismo importe que las guardias). Recuerda que en cualquier caso, deben respetar las 12 horas de descanso mínimo entre jornadas, el tope de horas extras que puede realizar un empleado… etc, etc. Vamos, que también existen límites a las horas extraordinarias voluntarias, aunque desgraciadamente estos límites Tecnilógica año tras año, no los respete y por ejemplo, haya empleados con más de 600 horas extraordinarias realizadas en lo que llevamos de año ¿cuándo descansan estos pobres trabajadores?

En mi proyecto la gente hace “guardias” los viernes, para que alguien del proyecto esté de 15:00 a 21:30 y se cubran las tardes.

Esto sería un cambio horario. Estaríais haciendo turnos de trabajo. Hay que dejar claro, que según nos informa la empresa, no existen en TECNILÓGICA TURNOS DE TRABAJO.

Hay un paso a producción en noviembre y me han pedido que esté disponible durante el fin de semana posterior. Me han dicho que me proporcionarán un teléfono y un portátil de guardia y me pagarán 60€ cada día, aunque no se necesite que intervenga.

Correcto, esto sería una “guardia” (compensada al precio que marca la empresa) y si fuese necesario que intervinieses, después cargarías las horas de trabajo por la herramienta como horas extraordinarias (después podrás compensar en descanso estas, a razón de 1,75h por hora extraordinaria).

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2018/06/18/te-la-ligas-guardias-vs-horas-extras/