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Quinta reunión Registro de Jornada

Ayer la empresa nos convocó a una nueva reunión para la implantación del registro de la jornada.

La ley parecía muy bonita, pero contempla que, en caso de no acuerdo con los y las representantes de los trabajadores, la empresa puede implantar unilateralmente la forma de adaptarlo en las empresas (por este motivo, la CEOE daba palmas con las orejas cuando se aprobó la ley). Ese detalle ha sido empleado por Indra, que va a implantar el registro sin acuerdo.

La ley solamente fija que se debe indicar la hora de entrada y de salida de la persona trabajadora. Indra quiere que, además, se incluya el número de horas de trabajo efectivo (la ley ni menciona el trabajo efectivo).

En la norma, también se incluye que para hacer horas extra necesitas la autorización escrita de la persona que la empresa designe a tal efecto. Es decir, que si te quedas hasta las 21h terminando una carga o un informe o una oferta sin esa autorización, es porque prefieres hacer esas cosas antes que pasar un rato con tu pareja o tu familia o viendo el final de Juego de Tronos.

La parte positiva de todo esto es que tendremos el contacto de ese autorizador/a. Cuando alguien nos pida “quedarnos para…”, lo único que tenemos que hacer es escribir a esta persona y, en tanto no tengamos su respuesta, decir que no podremos permanecer en la empresa sin autorización.

Por parte de CGT, estamos estudiando si hay vías legales para tumbar esta norma.

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