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Saldo deudor

No hace mucho, el sindicato mayoritario en este sector y uno de los firmantes del último Convenio Colectivo de Banca, sacaba pecho de las supuestas bondades de dicho Convenio a través de una circular, que sólo pretendía encubrir las perversas maniobras del Grupo Banco Santander para “convencer” a determinados compañeros a que abandonasen por propia voluntad el banco acogiéndose al ERE y de las cuales, son cómplices.

En esa relación magnificada e interesada que proponían y que escondía muchas verdades entre sus mentiras, no incluyeron, entre otras muchas, a dónde fue nuestra devengada, y no cobrada en su totalidad, paga de beneficios correspondiente al ejercicio de 2016.

Desde el primer momento, CGT advirtió de esta posibilidad que se obcecaban en negar desde las alturas de las cúpulas de estos televisivos sindicatos. Sin embargo, llegado el momento, Banco Popular y Banco Santander se negaron a abonar lo que por derecho correspondía a los trabajadores de ambas entidades. Fue entonces, cuando CGT organizó una campaña, allá por mediados de diciembre de 2016, facilitando un escrito modelo a los trabajadores para que a través de él dejasen constancia al Departamento de personal su solicitud de abono de las cantidades que por dicho concepto les correspondieran. Así mismo, con posterioridad en abril de 2017 el sindicato gallego CIG presentó una demanda de conflicto colectivo, a la que se sumo también CGT, solicitando se aplicasen los incrementos salariales que por tablas correspondiesen también a este concepto.

Pero en otro de sus acostumbrados movimientos de prestidigitación, los sindicatos mayoritarios ya viendo las orejas al lobo y argumentando que dicha problemática pertenecía al ámbito sectorial (discutible ya que los únicos bancos de todo el sector que no abonaron la totalidad de dicha paga son los tristemente ya mencionados) convocaron la Comisión Paritaria para abordar este tema concluyendo con un “fabuloso acuerdo” que facilitaba a estas empresas fraccionar el abono en tres momentos distintos. Se acordó el pago de un 0,75% en el primer trimestre de 2017, otro 0,75% en el primer trimestre de 2018 y el restante 1,25% se lo cedíamos casi “in eternis” al banco para que nos lo abonara cuando concluyese nuestra relación laboral.

Las circunstancias han querido que ahora Banco Popular y Banco Santander pertenezcan al mismo grupo empresarial siendo ya la única entidad que debe este dinero a cada uno de sus empleados. De todos es conocido que a Banco Santander no le gusta que sus empleados presenten descubiertos en sus cuentas y, a diferencia de lo que ocurría en Banco Popular, sólo permiten un saldo deudor de máximo 300 €. Pues bien, aplicando su propia filosofía, desde CGT les exigimos, que procedan a la mayor brevedad posible a regularizar el saldo deudor que por este concepto, tienen con toda la plantilla habida cuenta que supera con creces los 300 € por empleado que ellos permiten en sentido contrario. Entendemos que es un buen momento para hacerlo y empezar con el marcador a cero para el próximo año 2019 donde toca negociar nuevo Convenio pudiéndose aprovechar, entre otras cosas, para ponerse en línea con el resto de entidades en este asunto.

CGT conmina a la Dirección del Grupo Santander a que dé un paso adelante en este tema y nos abone de una vez y de forma definitiva las cantidades que nos adeuda desde 2016. No es de justicia que se apropien de lo que, en derecho nos pertenece, dándose a sí mismos y con nuestro dinero, una póliza de crédito renovable al 0% por el conjunto del montante salarial que supone este 1,25% de la paga de beneficios que todavía nos deben a cada uno de los empleados de ambas entidades y en la que perderíamos (de hecho, ya perdemos) mucho poder de compra en caso de insistir en su abono a la extinción de la relación laboral.

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2018/02/15/saldo-deudor/