Una vez pasado el verano, comenzamos un nuevo ciclo y salvo sorpresa de última hora, en el plazo de unas semanas se producirá la ya anunciada integración jurídica de las entidades Banco de Santander y Banco de Popular. Quiere decirse, que desaparecen Banco Popular y Banco Pastor y todos perteneceremos a la plantilla del Banco de Santander, con lo que ello conlleva.
Aunque ya hemos hecho referencia a ello anteriormente antes de los meses veraniegos, hay que recordar que entra en vigor en Acuerdo Laboral del Proceso de Fusión de las entidades Banco de Santander, Banco Popular y Banco Pastor, firmado por el siempre dócil y amable con el banco, sindicato mayoritario junto a los sindicatos amarillos de las tres entidades.
Como hemos comprobado que aun hay compañeros que no han caído en ello, pensamos que merece la pena recordar las “mejoras” que nos trae el citado acuerdo:
- A partir de ahora, y salvo los viernes, el horario general será el que comprende una jornada laboral entre las 8:00 y las 15:30. Todos recordamos que anteriormente, tanto en el periodo vacacional de Navidad como en el periodo veraniego e incluso el Miércoles Santo, cumplíamos una jornada de lunes a viernes de 8:00 a 15:00. Esto se terminó.
- También hay que recordar que antes teníamos una bolsa de 25 horas dedicada a actividades de formación. Con la entrada en vigor del Acuerdo, pasamos de 25 a 35 horas. Una nueva mejora.
- En el Banco Popular, se habían establecido unos días de disfrute según se fueran cumpliendo años de antigüedad en la empresa, disfrutándose 1, 2 ,3, 4 ó 5 días, cómo correspondiera. Pues con el proceso de integración, lo anterior queda reducido a un solo premio de fidelidad, siempre y cuando se cumplan 30 años, recibiendo una paga extra de1060 Euros. De 30 años hacía atrás quedan exentos de premios.
- Los compañeros de Banco de Santander, vienen cobrando una paga íntegra denominada de Beneficios Sociales. Pues mirad, que contradicción, aquí no nos aplican a los “populares” lo ya establecido en Santander. Cobraremos 1/3 de la misma en 2019, 2/3 en 2020 y no será hasta 2021 cuando la percibamos al 100%.
Dicho lo anterior, queda claro que entramos en la entidad absorbente como el pariente pobre, cosa que parecen compartir los firmantes de este acuerdo.
Aún hay más. Según el texto firmado, hay un anexo que detalla los Criterios para una ordenación racional del tiempo de trabajo en aras de garantizar el cumplimiento de la jornada laboral, no fomentar prolongaciones de jornada ni la realización de horas extras. Es más, se fomentará la racionalización del tiempo invertido en reuniones. En efecto, esto estaría muy bien salvo por una particularidad, es MENTIRA. Que estos detalles los incluya la empresa es de entender, pero que lo firmen unas organizaciones de dicen llamarse sindicatos, tiene su miga porque saben al igual que lo sabemos todos que no se cumplen, ni la empresa tiene la más mínima intención de cumplirlo. Y para que la cuadratura del círculo quede completa, también se firma el horario de las oficinas Smart que entre otras cosas sirve para enmascarar el incumplimiento de todo lo anterior.
Por estos motivos, desde C.G.T, no firmamos en su momento y hemos judicializado el Acuerdo del Horario de las Oficinas Smart. La Audiencia Nacional, podrá darnos la razón o quizás no, pero siempre a C.G.T. la encontrareis luchando por los derechos de los trabajadores. Ya sabemos que es más fácil y cómodo y rentable, abrazar al patrón y escudarse en el “mal menor”. C.G.T con sus defectos y alguna virtud, continua siendo un SINDICATO y no se conforma con tan poco.