En Banco de Sabadell se sigue sufriendo la arbitrariedad con que la Dirección de Relaciones Laborales despide a compañeras y compañeros. En Málaga se puede ejemplificar como despide esta empresa que presume de respeto a la legislación laboral vigente en su RSC.
Algo importante que todos y todas debemos conocer, además de vender productos bancarios, son las herramientas que la legislación laboral, aunque precaria, pone en nuestras manos para poder defendernos de los abusos que se producen en nuestro entorno laboral más inmediato. Seguro que de ello, legislación laboral y social, no recibimos Formación.
En Málaga, como ejemplo, Banco de Sabadell pone de manifiesto que transgrede la normativa laboral vigente sin ningún escrúpulo, echa a la calle a compañeras y compañeros por el mero hecho de ejercer su derecho a la información y un trato justo. Excelencia en el sector y Clima Laboral como objetivos no es compatible con la actual política de Relaciones Laborales. El despido producido, además de vulnerar la garantía de indemnidad o su derecho a la tutela judicial efectiva, vulnera, también, el ordenamiento laboral más elemental porque pedir razones objetivas de una valoración de su desempeño durante 2016 no es motivo de despido. El Banco fue incapaz de justificar ni explicar de forma fehaciente los motivos por los que Relaciones Laborales en la Territorial Sur le calificaba como Mejorable su desempeño durante el año 2016. Incluso anunció que tomaría medidas legales contra el Banco si no recibía explicaciones precisas y claras que justificaran dicha calificación.
A partir de ahí, se monta un caso de índole disciplinario, bien planeado. El 8 de Mayo se le envía correo con un resumen de la reunión del 5 de mayo mantenida en su oficina con la Territorial y la Dirección. Se afirma que la evaluación está relacionada por su descontento con la función y la oficina. Es decir, aunque la evaluación era de 2016 y su descontento se manifiesta en 2017, y a pesar incluso de que le habían ofrecido una dirección de oficina (no sería tan mala su gestión cuando le confían esa posibilidad), Banco Sabadell consideró que sus protestas no implicaban un buen desempeño de sus funciones.
Aún así, manifiesta su disconformidad sobre la valoración y sobre las motivaciones que se le da y que no se ajustan a la realidad comercial ni a los números obtenidos por el empleado despedido, se le comunica que está en «seguimiento especial», orientado a una actitud más colaboradora con el equipo. Persistiendo en su desacuerdo, ya que sólo se le dan motivaciones subjetivas y sin apoyo de certezas objetivas sobre su desempeño, nuestro compañero se puso en contacto con CGT para tomar medidas legales contra Banco Sabadell y pedir en los tribunales las ansiadas respuestas de lo que consideraba un trato injusto contra su persona y su desempeño.
El 1 de Junio se le despide. Despido disciplinario, pérdida de confianza, bla bla bla y demás falsedades que delante de un Tribunal, el Banco, al que corresponde la carga de la prueba, no puede demostrar. Finalmente la asesoría jurídica de Cgt ha pactado, a petición de su afiliado despedido, una indemnización por despido improcedente ya que el banco no tenía otra salida y nuestro afiliado, por desgracia, que podía haber ido por el despido nulo, no quería volver a su puesto en estas nuevas condiciones porque quien había perdido realmente la confianza en quien le emplea había sido él.
Lo que tratamos es de llamar la atención sobre la indefensión en la que nos someten a todas y todos Banco Sabadell. El Banco es vuestro empleador no vuestro amigo (no lo olvidéis). Este hecho acaecido en junio es una muestra más del Acoso estratégico que realiza Banco Sabadell con sus empleadas y empleados. A ello, se suma el Acoso Laboral, en vía judicial, en Cádiz, los traslados indiscriminados de personas con cargas familiares, la eliminación de los Protocolos de Gestión de personas de especial sensibilidad, las presiones y la creación de Unidades de Asignación Transitoria para empleados/as deshomologados que luego trasladan lejos de su domicilio por razones organizativas. El espionaje de los dispositivos personales en la campaña del año pasado sobre transformación digital, las prolongaciones ilegales de jornada, formación Mifid sin compensación horas, la modificación de las minutas de hipotecas empleados/as en las que si dejas la Entidad te aplican un tipo de interés del Euribor + 3,75, cláusulas suelo empleados/as sin solución amistosa, etc, etc etc…
Ante ello os animamos a que contacteis con CGT para informaros de vuestros derechos. Conocerlos pueden ser vitales para que una situación de despido procedente (el banco va a intentar siempre que sea procedente), se convierta en improcedente o en nulo (el despido nulo es el que se produce cuando hay vulneración de derechos fundamentales).