La dirección, forzada por la Audiencia Nacional, comunica a los sindicatos que se han hecho 3047.44 horas extraordinarias en el primer semestre de 2016. De acuerdo a la legislación vigente dichas horas deben ser compensadas con descansos en los cuatro meses siguientes a su realización, en caso contrario deben ser retribuidas y cotizadas al personal afectado, teniendo un plazo legal de un año para su reclamación.
DETALLE:
PROVINCIA | Nº HORAS | PROVINCIA | Nº HORAS | PROVINCIA | Nº HORAS |
ALICANTE | 123.83 | CORUÑA | 211.83 | ORENSE | 36.25 |
ASTURIAS | 219.95 | GERONA | 29.3 | PONTEVEDRA | 80.75 |
BADAJOZ | 59.5 | HUESCA | 10.45 | SEVILLA | 42.75 |
BALEARES | 32.41 | LEÓN | 6 | TARRAGONA | 385.33 |
BARCELONA | 660.45 | LUGO | 19.5 | TENERIFE | 4 |
BURGOS | 100.5 | MADRID | 615.15 | VALENCIA | 8.83 |
CACERES | 5 | MÁLAGA | 194.81 | VALLADOLID | 34 |
CASTELLÓN | 72.6 | MELILLA | 20 | ||
CORDOBA | 63 | MURCIA | 11.25 | TOTAL | 3047.44 |
El 80 % de las horas declaradas, que sabemos no son todas las realizadas, corresponden a puntas de trabajo y ausencias de compañeros/as no sustituidas, dato que pone en entredicho las comunicaciones de la dirección sobre excedentes de plantilla en el banco.
Llama la atención que en Melilla, con solo una oficina, se hayan hecho mas horas extras que en Murcia o Valencia, provincias con mas de cien oficinas. Más aún que en provincias como Guipuzcoa y Vizcaya con gran número de oficinas no se haya registrado ninguna.
La realidad es que siguen habiendo instrucciones para que no se registren ni compensen las horas extras realizadas. La solución pasa por el obligado registro de jornada diaria, hoy aún pendiente de que el Tribunal Supremo obligue a la dirección a que cumpla la legislación laboral vigente en esta materia.
Tras las horas extras comunicadas hemos solicitado a la dirección que nos traslade los registros de compensación del personal que ha comunicado horas: única forma de comprobar el cómputo final de las mismas y que realmente se están compensando (tras comunicarnos con el personal afectado solo un 20 % responde que las ha compensado sin problemas). Lamentablemente la dirección de RRLL se ha negado a facilitar dichos registros a la representanción legal de la plantilla, por lo que hemos procedido a denunciar ante la Inspección de Trabajo de las provincias arriba reflejadas este hecho, reclamando los registros de compesación citados.
Mientras tanto continúa el trabajo sumergido, la falta de remuneración y cotización de las HE reales realizadas, las amenazas a nuestros puestos de trabajo por excedentes de plantilla, etc., sin que el resto de sindicatos con presencia en banco Sabadell tenga opinión alguna al respecto de esta problemática.