La CGT hemos interpuesto DENUNCIA ante la Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, contra BBVA por la existencia de Prolongaciones de Jornada de modo habitual sin registro ni compensación alguna.
Para ella, nos hemos apoyado en la Instrucción nº 3/2016 de este mismo Organismo sobre «Intensificación del Control en materia de Tiempo de Trabajo y Horas Extraordinarias». En él se dice que: «No es admisible que, con la invocación de la flexibilidad horaria, puedan perjudicarse los derechos de los trabajadores y se altere el equilibrio contractual mediante la prolongación indebida de la jornada laboral…» o, a la hora de seleccionar responsabilidades indica que: «Debe incluirse en las actuaciones de control de la presente campaña al epígrafe K (Banca) que, realizándose un volumen considerable de horas extras, es además una de las ramas de actividad donde se concentra un mayor volumen de las no pagadas.»
En nuestra Denuncia reclamamos que se solicite a BBVA como modo probatorio de estas prolongaciones de Jornada una serie de medios de prueba:
- El control de acceso a los edificios singulares que deja constancia de todas las entradas y salidas diarias.
- Las grabaciones de las cámaras de seguridad presentes en todas las oficinas indicando el modo en que BBVA centraliza su registro mediante el que atiende a las solicitudes de los órganos policiales.
- Los aplicativos que, a fecha de hoy, aún dejan rastro de la hora en la que un trabajador, indentificado por su número y clave de usuario, se encuentra trabajando.
- El WORK METER, programa implantado en distintas oficinas como “piloto” (Cacabelos, Amurrio, etc.) y que permite conocer en todo momento las conexiones del usuario al escritorio del Banco.
En esta Denuncia CGT hemos aportado documentos acreditativos de algunas de estas aplicaciones para que la DGT entienda que la empresa tiene medios más que suficientes para disponer de un Control Horario real.
Quienes trabajamos en BBVA sabemos que la ausencia de un Control Horario al que la Ley obliga actualmente a BBVA para toda su plantilla y con registro del mismo en el puesto de trabajo de cada persona, obedece crudamente a UNA FALTA DE VOLUNTAD EMPRESARIAL.
Con esta iniciativa sindical CGT queremos lanzar un mensaje a quienes siguen «confiando» en un Acuerdo que regule positivamente esta obligación de todas las Empresas, manifestando que el mismo SÓLO SERÁ POSIBLE desde la firmeza sindical.
El 20-04-2016, ante Demanda inicial de CIG y posterior de SEC y CGT, a la que se adhirió finalmente el resto de Sindicatos, CONCILIAMOS en la Audiencia Nacional la suspensión de la misma dándonos un periodo aceptado por BBVA hasta el 30-09-2016 para establecer de Mutuo Acuerdo el obligado Sistema de Control Horario obligado para toda la plantilla. Este plazo lo ampliamos por unanimidad hasta el 30-12-2016, sin haber avanzado en casi nada, más allá de conocer que los criterios sindicales para tal Sistema son comunes y que BBVA no los comparte, básicamente porque busca regular las prolongaciones y horas extras sobre el cómputo máximo de 1.700 que como tope fija el Convenio Colectivo y no sobre la Jornada real de cada trabajador según su propio horario.
Un nuevo aplazamiento (firmado por CCOO, UGT y ACB) en primera instancia y refrendado posteriormente por otras organizaciones), sin compromiso alguno de reuniones ni procedimiento nos condujo a que CCOO y UGT llevaran el asunto ante la AEB donde cuentan con mayoría absoluta y donde creemos imposible alcanzar un Acuerdo que sea eficaz y positivo para una materia que tiene diferente plasmación en cada una de las Entidades. CGT y otros Sindicatos nos opusimos a este nuevo aplazamiento, pero la firma de una mayoría sindical impide que el tema se retome con posibilidades de éxito en la Audiencia Nacional mientras el asunto se está “negociando”. Según nuestras últimas informaciones, se ha producido un nuevo aplazamiento hasta el 10 de abril.
Desde entonces, los Sindicatos presentes en el nuevo marco negociador trasladan a la plantilla la falta de voluntad de la AEB, pero el tiempo corre y ya estamos en el último mes que dijeron darse para lograrlo. La historia laboral nos muestra muchos casos de apuros de última hora en los que se prioriza Acordar, lo que sea, por encima de la bondad y eficacia de lo acordado. Es mal camino.
Ganada la obligación legal del Control Horario en los puestos de trabajo, conociendo que es perfectamente posible y fácil y topándonos con la ausencia de voluntad empresarial, a los Sindicatos nos queda ser capaces de EXIGIR a cada Banco un cumplimiento sin dilaciones. Cumplimiento que la propia DGT asume como necesario en el Sector más defraudador en esta materia. Los Sindicatos contamos con herramientas para hacer que se cumpla la Ley. Pongámonos en marcha.