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Audiencia Nacional – Compensaciones Mifid II – La Dirección se compromete en el juicio a negociar

El pasado 14 de febrero se celebró el juicio en la Audiencia Nacional, ante la demanda presentanda por CGT reclamando que la formación MIFID II sea declarada tiempo de trabajo efectivo y que se abonen la totalidad de los gastos ocasionados a la plantilla afectada. En el mismo la dirección de RRLL pidió la suspensión temporal, comunicando que estaba dispuesta a negociar un acuerdo donde se pactaran las debidas compensaciones al esfuerzo realizado por la plantilla de banco Sabadell (ACTA DE SUSPENSIÓN), en línea con los acuerdos vigentes en la empresa.

La situación describe fielmente las relaciones laborales que vivimos en banco Sabadell. CGT ha tenido que presentar demanda ante la Audiencia Nacional para que, en el mismo juicio, la dirección de RRLL se avenga a negociar un acuerdo en la materia, declarando además (tal y como se refleja en el acta de suspensión) que está dispuesta a cumplir el acuerdo de formación vigente en el banco, donde se refleja que la formación se debe realizar dentro de la jornada laboral o compensarse con descansos.

Lo sencillo y coherente por parte de la dirección hubiera sido cumplir el acuerdo vigente, pero hasta el mismo juicio se ha negado a sentarse a negociar con la representación legal de la plantilla. Estos hechos no auguran nada bueno de la negociación, pero por nuestra parte hemos considerado que había que agotar el diálogo e intentar llegar a un acuerdo entre las partes. Para el caso que, como en otras ocasiones, todo sea una nueva tomadura de pelo, el juicio se reactivará el próximo 8 de mayo.

Tenemos, por tanto, una nueva oportunidad de hacer las cosas bien y resolver las problemáticas laborales mediante el diálogo interno dentro del banco, esperamos que esta vez la dirección de RRLL esté a la altura de las circunstancias y valore el esfuerzo que ha supuesto y supondrá la formación de la citada normativa.

En nuestra opinión y en relación al acuerdo vigente en banco Sabadell, se deben de cuantificar todas las horas realizadas tanto presenciales como de estudio (4 horas por hora lectiva) y compensarse con descansos, además de pagar todos los gastos en que se hayan incurrido. En caso de no compensarse deberán de ser abonadas como horas extraordinarias.

Como alternativa a esta solución proponemos un acuerdo donde se pacte seguro de responsabilidad civil, una paga extraordinaria para el personal afectado más siete días adicionales de vacaciones, compensando el resto de formación que se deba realizar cada año con los días de descanso oportunos tal y como refleja el acuerdo vigente de formación.

El esfuerzo realizado por la plantilla del banco para abordar esta formación de obligado cumplimiento ha sido incuestionable. Compatibilizarlo con la presión diaria de nuestras tareas cotidianas y resto de formación asignada, SOBREHUMANO. El resultado un éxito extraordinario, tal y como reconoce la dirección en su comunicado de 3/11/2017, sumando un 90 % de aprobados/as que han obtenido la certificación EIP de EFPA.

Esperamos que el banco sea capaz de valorarlo y no tengamos que suplir el abandono de la dirección con nuestro tiempo libre, restando tiempo a nuestra vida personal/familiar, pagando los gastos de nuestro bolsillo, sufriendo física y psíquicamente la superación de la impagable situación vivida sin más reconocimiento que dos frases en PROTEO. Está en sus manos.

DEFENDER TU PUESTO DE TRABAJO, REQUIERE REALIZAR LA FORMACIÓN

DENTRO DE LA JORNADA LABORAL O COMPENSARLA CON DESCANSOS

ESTÁ EN NUESTRAS MANOS

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