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Resolución del Comité de Empresa de Ayesa AT ante el XVII Convenio TIC

Este XVII Convenio consagra una pérdida de poder adquisitivo de los salarios en más de un 20% en un momento donde el PIB crece al ritmo del 3% anual, el beneficio empresarial volvió a obtener máximos históricos alcanzando en 2017 el 42,9% del valor añadido bruto.

Reunido el 11 de mayo de 2018 el Pleno del Comité de Empresa de AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES, convocado en tiempo y forma, acuerda realizar la siguiente RESOLUCIÓN:

Tras 8 años de un falso proceso de negociación, con nocturnidad y alevosía cuatro días antes de Nochebuena, CCOO y UGT firmaban el XVII Convenio Colectivo del Sector de manera opaca, a espaldas de los trabajadores del Sector.

El XVII Convenio TIC asume completamente la Reforma Laboral que el Gobierno del Partido Popular realizó en 2012, y por la que los sindicatos CCOO y UGT convocaron dos huelgas generales. Este XVII Convenio consagra una pérdida de poder adquisitivo de los salarios en más de un 20% en un momento donde el PIB crece al ritmo del 3% anual, el beneficio empresarial volvió a obtener máximos históricos alcanzando en 2017 el 42,9% del valor añadido bruto, de tal modo que el aumento de los beneficios empresariales triplica la subida salarial, teniendo en consideración que la tasa anual acumulada de crecimiento del beneficio en el sector, desde el año 2004, se manifiesta invariable en el 5,5% anual, mientras los salarios han quedado estancados en el periodo 2010-2017. Es decir, CCOO y UGT firman un convenio de retroceso en un momento de crecimiento económico.

La firma de este Convenio Sectorial a espaldas de los trabajadores no ha propiciado ningún avance para los trabajadores del sector, sin embargo consagra multitud de retrocesos y hace entrega a la Patronal de reivindicaciones históricas de ésta, como por ejemplo:

  • Se ha regalado a la patronal la ultraactividad, que la ha liquidado.
  • Se ha ampliado los periodos de prueba.
  • Se ha empobrecido a los trabajadores, de tal modo que los salarios pierden más de un 20% del poder adquisitivo en el periodo de vigencia del convenio.
  • Se ha liquidado el sistema de clasificación profesional basado en categorías, multiplicando la precariedad y facilitando los despidos.

Asimismo, ante esta realidad, los firmantes no han tenido el más mínimo decoro de convocar asambleas y rendir cuentas ante los trabajadores explicándoles y aclarándoles el contenido del Convenio firmado.

Por todo ello, el Pleno del Comité de Empresa de AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES SA, resuelve:

  1. Rechazar de plano el XVII Convenio colectivo estatal de empresas de consultoría y estudios de mercado y de la opinión pública, que consideramos pernicioso para los intereses de los trabajadores del sector en general y de los de AYESA AT en particular.
    El Comité de Empresa se da un plazo de 3 semanas a partir del día de hoy para realizar una Asamblea informativa del Convenio firmado.
  2. El Pleno del Comité de Empresa aprueba hacer pública esta resolución, para que conste y surta los efectos oportunos.

 

En Sevilla, a 11 de mayo de 2018.

COMITÉ DE EMPRESA DE AYESA ADVANCED TECHNOLOGIES.

KAOSENLARED

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2018/05/20/resolucion-del-comite-de-empresa-de-ayesa-at-ante-el-xvii-convenio-tic/