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Registro de Jornada

Desde CGT queremos informaros sobre la nueva ley publicada por el gobierno sobre el REGISTRO del JORNADA.

Sabemos que, según la política establecida en Indra, NO HAY HORAS EXTRAS, sin embargo en ocasiones hemos tenido que dedicar infinidad de tiempo extra, en aquellos momentos que se nos ha requerido de manera “NO obligatoria” a hacer esos apoyos al proyecto o ayudar con nuestro tiempo personal a la consecución de objetivos o algún que otro esfuerzo para poder alcanzar las fechas de entrega, etc, etc,… Todo, por supuesto, fuera de nuestra jornada laboral.

Y en la infinita mayoría de los casos, ¿cuál ha sido la recompensa que se nos ha dado la empresa?, NINGUNA. Porque en Indra no se pagan horas extras y es tu obligación, como responsable de tu trabajo la que prevalece.

Ya es hora de acabar con estas situaciones. Es lo que pretendemos desde CGT, apoyándonos en el nuevo Artículo 10. Registro de jornada del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo.

Artículo 10. Registro de jornada

La empresa garantizará el registro diario de jornada, que deberá incluir el horario concreto de inicio y finalización de la jornada de trabajo de cada persona trabajadora, sin perjuicio de la flexibilidad horaria que se establece en este artículo.

Mediante negociación colectiva o acuerdo de empresa o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores en la empresa, se organizará y documentará este registro de jornada.

La empresa conservará los registros a que se refiere este precepto durante cuatro años y permanecerán a disposición de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.

De manera que cuando se implemente el sistema que regule el registro diario de la jornada, ya no se podrá decir que no hemos realizado esas horas y la empresa NO podrá eludir esos ESFUERZOS, debiendo empezar a entender que nuestra disponibilidad tiene un precio y debe ser retribuirla como corresponde.

Sin embargo, hemos de tener en cuenta que la empresa cuenta con una opción importante a la hora de implementar esta y es la posibilidad de alcanzar una NEGOCIACIÓN COLECTIVA con los sindicatos. Los sindicatos que representan la mayoría (por ejemplo, CCOO y UGT) podrían firmar, como ya hicieron con el ERE, lo que llaman el mal menor. Negociar que hasta ir al baño se considere que no es jornada efectiva de trabajo, que levantarte a llenar la botella se nos pueda echar en cara, o que el tiempo dedicado a tomar café pueda ser objeto de recriminación y no hablemos de salir fuera a fumar.

Desde CGT, entendemos por Registro de Jornada, el registro diario, de forma inmediata y efectiva, de la entrada y salida en el trabajo. Sin embargo, lo que diversas empresas están planteando son otras medidas afines distintas de eso, consistentes en “Control horario” o “Cómputo de horas trabajadas a nivel efectivo”.

Las propuestas por nuestra parte en esta negociación, irán encaminadas a la mejora de la conciliación de la vida laboral y familiar, para lo que propondremos a la empresa:

  • Entrada flexible a partir de las 7:00 de la mañana, quedando registro y contabilizando las horas a partir del mismo.
  • Disponibilidad de horario de comida de 30 minutos a 2 horas.
  • Y mantenimiento de las condiciones de aquellos colectivos que pudieran mejorar cualquier condición propuesta y que no supongan un detrimento de sus derechos adquiridos.
¿Empezaremos a sufrir el acoso por quedarnos en la oficina fuera de nuestro horario con tal de no pagar las horas extras?

 

SEGUNDA REUNIÓN REGISTRO DE JORNADA.

La segunda reunión mantenida por la empresa con los representantes sindicales, una nueva pérdida de tiempo.

 En esta reunión la empresa ha eludido nuevamente el entrar a negociar la implementación de la ley en Indra Soluciones T.I. Tan solo la empresa se limitó a dar traslado de algunas tipologías de puestos detectadas en cuanto a la posible regularización de la jornada (aunque nos dio a entender que no tienen controlado ni sus propias concesiones de conciliación de la vida laboral y familiar):

  • No hay teletrabajo. La RLT le apuntamos que, si hay teletrabajo oficial, pocos casos, pero los hay, lo que más hay es teletrabajo extraoficial.
  • Easy working.
  • Flexibilidad horaria por calendario de los distintos colectivos. También les decimos que hay flexibilidad extraoficial, hay mucha gente que entra a las 7 de la mañana.
  • Trabajo a turnos. Igualmente, también le apuntamos que extraoficialmente se hacen turnos.
  • Guardias, disponibilidad.

Además de estos casos apuntados por la empresa, la RLT apuntó los siguientes:

  • Trabajadores/as que se conectan desde casa fuera de horario.
  • Trabajadores/as en clientes CON acceso a la red de Indra
  • Trabajadores/as en clientes SIN acceso a la web de Indra
  • Desplazados/as con vehículo de flota y desplazados con vehículo propio.

Tras este preliminar sin tratar el tema de fondo, la empresa nos traslada que no tiene ningún planteamiento y que por lo tanto se emplazaría a una nueva reunión en el plazo de 15 días, con una propuesta.

CGT, no entiende esta situación y la dilatación en el tiempo que se está llevando en este tema. Desde la primera reunión, la postura adoptada por la empresa, tiene como único objetivo el obtener un acta para justificar la posible negociación, y dilatar en el tiempo la verdadera negociación con la RLT. CGT ha presentado DENUNCIA ante Inspección de Trabajo, de forma que sea ésta la que, atendiendo a los plazos ya predefinidos por la ley, presione a la empresa para sentarse cuanto antes a una verdadera negociación de la misma.

¡SI NADIE TRABAJA POR TI,
QUE NADIE DECIDA POR TI!

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2019/06/06/registro-de-jornada/