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Registro de Jornada

CC.OO., UGT, Sicam y Cuadros avalan a la Dirección en un Acuerdo de mínimos , para seguir ocultando las prolongaciones ilegales de jornada.

El pasado 27 de febrero, la dirección y sindicatos afines legitimaron con su firma la nueva normativa de registro de jornada, que entrará en vigor con fecha 30 de junio. Lamentamos que tras meses de negociación, donde se ha evidenciado la  falta de voluntad de la dirección de regular soluciones  reales a esta problemática, sólo se haya llegado a este acuerdo de mínimos que, en nuestra opinión sólo servirá para seguir ocultando la realidad laboral que vivimos en banco Sabadell: REALIZACIÓN DE CONTINUAS PROLONGACIONES DE JORNADA ILEGALES QUE NO SE DECLARAN COMO HORAS EXTRAORDINARIAS.

A la espera de que se implante el nuevo sistema de registro, para poder analizar con más rigor su efectividad, podemos destacar en el acuerdo firmado:

–       Sistema Autodeclarativo: en la persona trabajadora recae la responsabilidad del registro, teniendo que marcar en el equipo de trabajo la hora de entrada y de salida. Esto dará lugar a multiples incidencias y retrasos en el registro, ya que todos somos conocedores de los problemas que vivimos en el arranque y conexión de los equipos. No hay problemas para los firmantes ya que reflejan un plazo de más de una semana para registrar el horario diario en caso de incidencia, por lo que no existirá trazabilidad e inalterabilidad de los datos registrados.

–       Tras más de un año de obligación legal de registro, la dirección no ha sido capaz de desarrollar un dispositivo multiplataforma, limitándose el firmado a los ordenadores de trabajo: no hay APP/tablet/ficha automatizada, etc.

–       El nuevo sistema de registro no permite reflejar como tiempo de trabajo efectivo si has comenzado tu jornada antes de la hora de inicio de la misma: situación más que habitual en oficinas para intentar conseguir abrir a las 8,15 h.

–       Tampoco se consideran tiempo de trabajo efectivo los primeros quince minutos de exceso de jornada en la salida.

–       La regulación del tiempo de formación y reuniones como jornada efectiva es contradictoria: “se procurará que se realicen dentro de la jornada, se compensarán si son obligatorias,… pero si se realizan fuera de la jornada se advertirá que es voluntaria…”

–       Las prolongaciones de jornada deberán ser siempre autorizadas previamente por tu responsable. En caso contrario no serán reconocidas como tiempo efectivo de trabajo.

–       Excluyen del registro a la Dirección de la empresa y Sindicalistas liberados.

Ante tantas cortinas de humo, para poder seguir disfrutando de los beneficios que generan a la Dirección las prolongaciones de jornada ilegales que se realizan en la empresa, CGT seguirá denunciando ante las autoridades  laborales la situación que vivimos en banco Sabadell. Eso si, cada vez nos lo ponen más difícil por el “compadreo insultante”  de los sindicatos mayoritarios con la dirección del banco.

 

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