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Registro de Jornada… Continúa el fraude

En el mes de julio dos de los sindicatos presentes en la Comisión de Seguimiento del acuerdo de “Registro de jornada y desconexión digital” emitieron sendos comunicados informando de la primera reunión celebrada por dicha comisión.

Uno de ellos la titula “40.000 horas compensadas con tiempo libre”. No estamos tan seguros de que hayan sido (o vayan a ser) compensadas. Sí sabemos (y lo consideramos positivo) que se han registrado como tales y sus responsables las han autorizado pero nos gustaría confirmar que efectivamente se compensarán.

De todas maneras, hay que decir que se trata de la punta del iceberg, pues se siguen camuflando veinte veces más y todos (también esos sindicatos) lo sabemos.

Las medias de exceso de jornada laboral por “asuntos/motivos personales” son eso… “medias” pero también saben que hay numerosos casos en los que el tiempo registrado como “asuntos personales” superan con mucho los que ellos informan, llegando en demasiadas ocasiones a superar las tres horas ¿Alguien se cree que se trata de asuntos personales? Quien lo haga será porque quiera creérselo.

El problema no es únicamente que haya quien las camufle y quien lo consienta o aliente a ello sino que es el propio sistema el que lo permite pues no cumple con los requisitos establecidos en el RD Ley y por ello, a nuestro entender, TENEMOS UN SISTEMA QUE NO ES VÁLIDO.

Tan es así que hemos puesto en marcha varias iniciativas jurídicas para determinar si llevamos razón y, por tanto, este sistema se declare nulo y se establezca uno que sí cumpla con los requisitos del RD y sirva para conseguir los fines que se perseguían que no son otros que “garantizar el cumplimiento de los límites en materia de jornada,… y de posibilitar el control por parte de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social” así como “combatir la precariedad laboral”.

Dos reflexiones y dos preguntas al respecto…

Primera reflexión…  Nos alegramos de que, contra su costumbre, informen de lo tratado en este tipo de comisiones que, hasta ahora, no venían haciendo. Tenemos múltiples ejemplos de ello.

Segunda reflexión… No parece lógico que una comisión sobre un acuerdo que afecta a toda la plantilla se componga únicamente por los firmantes del acuerdo, alegando que la Ley lo contempla. Parece claro que no quieren que haya testigos “incómodos”.

Primera pregunta… En la información facilitada a toda la representación sindical no aparecen identificadas las personas y, sin embargo, uno de los sindicatos desglosa el porcentaje de hombres y mujeres que prolongan la jornada. ¿Significa que los sindicatos presentes en la comisión reciben más información que el resto?

Segunda pregunta… Tras las críticas vertidas en sus comunicados, ¿Qué van a hacer a partir de ahora? ¿Apoyar las iniciativas jurídicas de CGT? ¿No volver a firmar acuerdos con tanta precipitación y sin garantías? Veremos.

Mientras tanto, hemos estado trabajando, con todas las dificultades que implica trabajar con archivos Excel de más de
700.000 líneas y sin identificar a las personas, comenzando por los colectivos de mayor nivel salarial.

LOS RESULTADOS DE LAS Y LOS (MÁS DE 50) D.ZONA ARROJAN RESULTADOS MUY INTERESANTES:

Todas/os tienen la jornada partida flexible.

Todos tienen marcajes manuales (es decir… marcaje a una hora distinta a la que se accede al registro) prácticamente todos los días. ¿Qué significa esto? ¿Que no saben cómo registrar la jornada? En este caso… ¿cómo van a vigilar que lo cumplan quienes tienen a su cargo?

El caso contrario (por el que nos inclinamos dando por supuesto su conocimiento del tema) significaría que están falseando sus registros y es otra prueba irrefutable de que el sistema no es fiable.

Todos registran como tiempo efectivo de trabajo 7,45 (L-J) o 7 horas (V), no figura ninguna prolongación de jornada ni, por supuesto, reclaman horas extras. Esto último no nos extraña tanto. Recordad que disponen de móvil corporativo para poder registrar su jornada.

Nadie se puede creer que ningún Director de Zona no prolongue su jornada, independientemente de que entiendan que no deben reclamar las horas por sentirse suficientemente compensados por su elevadísimo DOR pero lo que es ineludible es que quede registrada en el sistema la prolongación y, si no queda, es otra prueba de que el sistema es ilegal.

La diferencia entre el tiempo de registro preliminar y tiempo efectivo de trabajo oscila entre las 2h y 30 min. y las 6h. La media puede ser de unas 4 horas.

También es curiosa la “escrupulosidad” de algunos que marcan la entrada todos los días a las 8:00. ¡Ni que fueran británicos!

Estos datos, sumados a los altísimos porcentajes de marcajes manuales de la totalidad de la plantilla (medias del 70% a la entrada y del 50% a la salida) son pruebas más que evidentes de lo que venimos denunciando hace tiempo… EL SISTEMA NO ES FIABLE Y, POR TANTO, DEBE SER ANULADO Y SUSTITUIDO POR OTRO QUE SÍ LO SEA.

Octubre de 2020

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