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Convenio Colectivo – El Convenio hace aguas

Por desgracia, hay ocasiones en las que no nos gusta acertar. Y es que no es agrado de nadie el que vayamos advirtiendo en varios escritos lo que se nos avecinaba… y, al final, hemos acertado. Ya lo habían hecho anteriormente y, una vez más, ni cortos ni perezosos, tras casi dos años de perder el tiempo, en dos meses van y firman -según ellos- un gran Convenio de Banca.

Todo comenzó tras las Elecciones de 2019 cuando, en distintas reuniones de la Mesa de Convenio, las distintas organizaciones sindicales presentamos nuestras plataformas. CCOO y UGT expusieron querer modificar aspectos firmados en el anterior Convenio y que la Patronal aprovechó en su beneficio (Nivel de acceso a la profesión o artículo 14.2.4 de reconocimiento de nivel 8 a fuerzas de gestión comercial especializada, sustitución del RAE como indicador para el cálculo de la participación en beneficios, etc.), todos ellos, al final judicializados. También declararon querer negociar la eliminación de otros aspectos como el art. 5 Cláusula de compensaciones y absorciones que emanan de convenios anteriores (muy utilizado en BBVA para, por ejemplo, absorber la paga que en abril debían darnos por participación en beneficios con cargo al variable de febrero). Con posterioridad formaron una plataforma conjunta con la adhesión de FINE (*).

(*) ACB pertenecía a FINE y sus miembros representaban y defendían hasta poco antes de la firma del Convenio todos los postulados de la Plataforma. Ahora anuncian su separación de FINE y se dedican a pedir lo que antes no hacían, propuestas que CGT ha mantenido en su Plataforma en todo momento y que, tanto la Patronal (AEB) como la Plataforma conjunta trisindical no han querido incorporar al redactado definitivo del nuevo Convenio. Una vez más, ACB se quita la careta y nos demuestra su forma de hacer sindicalismo.

Esta firma del Convenio tiene claras características en el aspecto salarial:

La subida salarial es mínima y sólo para el salario base de nivel, el plus transitorio y el plus de polivalencia (los trienios de antigüedad y técnico dejan de tener revalorización anual, al margen de los 18 meses perdidos para siempre de éstos últimos): 0,25% para 2021, 1% para 2022 y 1,25% para 2023; Recordemos que, en virtud de una reunión de la Comisión Paritaria de 26 de enero de 2021, AEB-CCOO-UGT acuerdan “una percepción extraordinaria por una sola vez y no consolidable, para todo el personal de la plantilla con más de dos años de antigüedad a 1 de enero de
2021, equivalente a un 0,25% sobre los conceptos de las tablas salariales del XXIII Convenio Colectivo de Banca liquidadas a dicho personal durante los años 2019 y 2020, abonándose la misma en el mes siguiente al de entrada en vigor del convenio colectivo. Adicionalmente, se propone a la Comisión Negociadora, con el mismo carácter transaccional antes mencionado, la actualización de las tablas salariales del Convenio, en un 0,25% con efectos desde 1 de enero de 2021”.

Contrariamente a lo expresado por uno de los firmantes (CCOO), que ha revestido 2019 y 2020 de revisión salarial del
0,25%, esta percepción pactada corresponde al período 2014-18, la tenían que haber abonado en su momento y, 3 años después, sin revalorización por atrasos, se acuerda el abono de lo expuesto anteriormente. CGT lo tenemos judicializado y estamos a la espera del dictamen de la Audiencia Nacional.

Eliminan la referencia al RAE sectorial, porque ni el Banco de España es capaz de establecerlo, pero la AEB consiguió su objetivo de “enredar para no pagar” sin haber visto ninguna autocrítica de los firmantes en sus comunicados.

Con la firma de este Convenio hemos perdido una ocasión de oro para mejorar los mínimos legales en materia de licencias y conciliación, aspectos en los que estamos muy alejados de lo que hay en otros sectores. Por ejemplo, un número de horas anuales para acudir a citas médicas.

Otra oportunidad perdida es la referente a los ascensos, aunque iba en la plataforma trisindical. Como sabéis, antes teníamos los concursos oposición. Ya se los cargaron. Parecía que lo iban a recuperar, pero ni se menciona. Tampoco se ha tocado el art. 14.2.4 referente a los niveles 8 de los gestores comerciales. La plataforma de los 3 sindicatos nos decía que solicitaban el nivel 8 para todos aquellos que tuvieran las certificaciones obligatorias. ¿Dónde ha quedado esto?

Dicha plataforma pedía subir el empleo fijo al 95%, olvidado a la hora de la firma. UGT pedía eliminar el nivel de acceso… olvidado también.

Nos hablaban de incorporar contratos formativos, y ahora ni los contemplan. Lo mismo decían de reducir los plazos de promoción.

En su momento, en Julio, solicitaban una subida del 3% en todos los conceptos de la nómina… ya vemos en lo que ha quedado. Al igual que reclamaban un sistema retributivo no compensable ni absorbible. ¿Dónde ha quedado?

Se han recogido apartados a los que estaban casi obligados como es el del Teletrabajo según la regulación del BOE del 23/09/2020 y con unas compensaciones económicas irrisorias, el Registro de Jornada (con el redactado que posibilita a las empresas hacer como ocurre en BBVA, que estamos en la misma situación que antes, pero con la novedad de que ahora se falsea el registro en una aplicación y la responsabilidad de su registro es de la persona trabajadora)

Existen algunos apartados en los que sí se mejora, mínimamente… para determinados colectivos:

Compensación día de Canarias, aunque nos parezca escasa, ojalá se aplicasen los mismos porcentajes de incremento a TODOS nuestros conceptos salariales.

Vacaciones, 24 días laborables y en BBVA, al tener 25, nos quedamos como estábamos.

Aportaciones al Plan de Pensiones de empleo, En nuestro caso, BBVA, incumpliendo su compromiso de negociar las aportaciones, retrasan su incremento 16 años (hasta 2023) en el que pasaremos, la ya inmensa mayoría de la plantilla, de 540,91 a 550 €. Sin palabras.

Ayuda Alimentaria, congelada casi desde principios de siglo y ahora nos quedamos por debajo de los 12 € que establece Hacienda como exentos.

Dietas, con actualizaciones racaneadas por la AEB al céntimo.

Art.12 Criterios y procedimientos en procesos de reordenación. Sigue vigente en el nuevo Convenio. Crucemos los dedos para que en este 2021 no tengamos que recordar a los firmantes del Convenio (y habituales firmantes de los ERE) el por qué ni tan siquiera plantearon su eliminación a la patronal.

No es difícil entender lo absurdo que ha resultado el teatro de la “negociación” del Convenio de Banca, con casi 50 reuniones celebradas sin apenas avance, estableciendo prórrogas de ultra actividad del anterior Convenio y, en dos meses, todo atado ¿Cómo iban a firmar algo alejado de lo que ya habían firmado en Ahorro, y más cuando quienes han llevado “la voz cantante” en la negociación han sido liberados del sector de Ahorro?

Otro aspecto a destacar es que la antigüedad, las 0,25 pagas fuera de salario base y las 1,25 pagas reguladas en el XXII Convenio no se actualizan, con lo que la “supersubida” se queda relegada entre el 60 y 80 % del total del salario fijo, dependiendo de tu antigüedad y solo para los ingresados antes del 1 de Junio de 2016, porque el concepto de 1,25 pagas no lo tienen los ingresados con posterioridad ¿tenemos que dar las gracias a los firmantes por esta nueva discriminación?

Realmente este Convenio supone, una vez más, una pérdida de derechos para todos/as y, desde luego, volviendo al tema salarial, ninguna recuperación de las pérdidas salariales de los últimos años como se puede observar fácilmente en la siguiente tabla:

AÑO SUBIDA CONVENIOS BANCA SUBIDA MEDIA DE LOS CONVENIOS EN ESPAÑA DIF.
2015 0,00 0,74 -0,74
2016 1,25 1,06  0,19
2017 1,50 1,43  0,07
2018 1,75 2,08 -0,33
2019 0,00 2,27 -2,27
2020 0,00 1,93 -1,93
Total 4,50 9,51 -5,01
Subida media 0,75 1,59 -0,84

 

Esta es su forma de compensar el esfuerzo realizado por las plantillas de un sector considerado – cuando a ellos les interesa – como sector esencial.

Febrero 2021

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