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Teletrabajo: La dirección de AtoS Spain rompe las negociaciones

Ante el comunicado recientemente enviado por la empresa queremos puntualizar que ésta puede mantener el Teletrabajo al margen de la existencia de acuerdo colectivo pues aún existe carácter preferente del Teletrabajo hasta el 9 de agosto pudiendo mantenerlo más allá de esa fecha como «medida de contención sanitaria derivada de la Covid-19», es decir, como estaba hasta ahora.

Ya vimos cómo AtoS Spain quiso hacer volver a la plantilla a los centros de trabajo a principios de septiembre de 2020, cuando la empresa no quería saber nada de ningún acuerdo de Teletrabajo, y si no lo hizo no fue precisamente por voluntad propia.

La anulación de los acuerdos individuales es una decisión unilateral de la empresa porque no quiere adaptar estos a la ley de Teletrabajo (Real Decreto-ley 28/2020). Por eso pretendía que la RLPT firmase un acuerdo que redujese y limitase los derechos recogidos en el Real Decreto-ley. La no consecución de un acuerdo colectivo no afecta en absoluto a los acuerdos individuales sobre Teletrabajo, ya que solo afectaría si se hubiese alcanzado dicho acuerdo colectivo. Por tanto, la decisión tomada por la empresa sobre la anulación de los mismos es malintencionada por su parte como lo fue la suspensión de los acuerdos en enero pasado.

A aquellas personas que tengáis Teletrabajo por adaptación de jornada (artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores) la empresa no puede negaros o cancelar dicho derecho. Y recordar a las personas que tengáis acuerdos individuales de Teletrabajo que la empresa tiene que cumplir con los plazos de recisión que están redactados en ellos, generalmente 15 días.

La dirección de la empresa juega sucio culpando a la RLPT de la cancelación de los acuerdos de Teletrabajo cuando sabemos que ya tenía prevista la vuelta a la oficina para el mes de julio, y hace días se vio al personal de prevención con numerosas cajas de mascarillas en el auditorio.

La existencia de un acuerdo de Teletrabajo según lo planteaba la empresa no implicaba de ninguna manera que se mantuviese el actual Teletrabajo, sino que la empresa decidía a dedo, prácticamente igual a como venía ocurriendo años anteriores, quién puede teletrabajar y quién no. Además de pretender crear mediante acuerdo la posverdad de la no existencia de gastos durante el Teletrabajo.

La intransigencia de la empresa ha sido constante durante el periodo de negociaciones, periodo que inicialmente se negó a abrir, hasta el momento final en el que ha decidido acabar con las mismas.

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