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Resolución desfavorable de la Inspección de Trabajo

Tal y como os informamos en el Picador del mes de marzo, la Sección Sindical de CGT de Tecnilógica, interpuso una denuncia ante la Inspección de Trabajo ya que entendemos que las empresas están obligadas a dotar de los medios, equipos, herramientas y consumibles que exige el desarrollo del trabajo a distancia, así como al mantenimiento que resulte necesario.

Entre estos medios necesarios debería de incluirse la silla y demás material ergonómico que la empresa debe facilitar.

Pues bien, ya tenemos la resolución de la Inspección de Trabajo, y no ha sido nada favorable para el empleado. No podemos negar que la empresa ha entregado algo de material ergonómico tales como pantallas, reposapiés, elevadores para portátiles, e incluso parece que alguna silla ergonómica a personas que lo han solicitado porque tenían algún problema derivado (a otras no) o con riesgo de COVID, pero entendemos que la prevención se trata de eso, de prevenir antes de que haya un problema, y solicitábamos estos medios de trabajo.

Citando textualmente lo que argumenta la Inspección de Trabajo:

Respecto de las sillas, si bien queda acreditado por la documentación aportada, que la empresa no ha facilitado sillas ergonómicas a la totalidad de la plantilla, si ha realizado un pago extraordinario de 150€ a todos los trabajadores en el mes de febrero de 2021, a modo de compensación en concepto de gastos ocasionados por el teletrabajo desde el 14 de marzo del 2020 al 28 de febrero de 2021. A este respecto, hay que tener en cuenta que la empresa proporciona de forma directa el siguiente material ergonómico a los trabajadores: auriculares para portátil, ratón, mochila, el elevador para portátil, y establece el procedimiento para solicitar teclado independiente, reposapiés y pantalla.

Es decir, que con los 150 euros brutos, vamos apañados para la “compensación en concepto de gastos ocasionados por el teletrabajo desde el 14 de marzo del 2020 al 28 de febrero de 2021”.

Vaya por delante que desde CGT consideramos “ridícula” esa cantidad, para compensar tanto los medios como equipos o herramientas, así como la cantidad de 30 euros brutos que nos proporcionan cada mes. La Inspección de Trabajo parece que no ha visto su nuevo RECIBO DE LA LUZ, y además ¿dará la empresa esos 150 euros a las nuevas contrataciones?… suponemos que no.

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2021/09/26/resolucion-desfavorable-de-la-inspeccion-de-trabajo/