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Capítulo 2. Negociación del XVIII Convenio TIC

La última actualización del convenio negociado por CCOO y UGT supuso un claro retroceso en nuestros derechos y unas peores condiciones laborales. Pasamos a desarrollar los puntos que enumeramos en nuestro anterior artículo (Capítulo 1. Negociación del XVIII Convenio TIC), para que seamos conscientes de las principales concesiones que se hicieron a la patronal. Deseamos la mejor de las suertes a nuestros compañeros y esperamos que en el actual proceso negociador la historia no se repita.

  1. Pérdida de un 10,4 % de poder adquisitivo y 8 años de retroactividad.Se pactó un incremento de los salarios base que marca el convenio del 7,1% hasta el 2019, cuando el IPC en ese mismo período (2010-2019) se eleva hasta el 17,5%. Es decir, una pérdida del poder adquisitivo del 10,4%. Para que te hagas una idea de la impresionante actualización de salarios realizada; con la subida del SMI a 900 € en diciembre del 2019, 7 categorías del convenio quedaron en una situación de ilegalidad, quedando por debajo del SMI y tuvieron que ser actualizadas. Con la subida de septiembre de 2021 a 965€, 2 más tuvieron que ser actualizadas y con la última de febrero del 2022 a 1.000€ de nuevo otras 2 categorías quedaron por debajo del SMI.Por si fuera poco, la cesión de este 10,4% de poder adquisitivo, se les indultó a las empresas el tener que actualizar estos salarios entre el periodo 2010/2017, eliminando la retroactividad, es decir el pago de los atrasos durante ese período, 8 años por la cara con subida salarial 0%.
  2. No se crearon mecanismos para actualizar anualmente las tablas salariales.En la anterior negociación se tardaron 8 años en actualizar estas tablas, mientras el IPC subió un 17,5 %. Desde que se firmó el actual convenio hasta la fecha ya han transcurrido 4 años y el IPC se ha incrementado en un 13,3%.
    En la actual situación de creciente inflación es absolutamente necesario establecer un mecanismo que permita actualizar las tablas salariales para que la pérdida de poder adquisitivo no nos afecte de manera tan grave.
  3. Se incrementó el período de prueba en los nuevos contratos.El período de prueba es el tiempo que un contrato de trabajo puede ser rescindido por cualquiera de las dos partes sin tener que dar explicación alguna ni indemnización.
    Todos los trabajadores con contrato indefinido doblaron su periodo de prueba pasando de 3 a 6 meses, y los niveles más bajos (grupo E) multiplicaron por 6 su período de prueba pasando de 15 días a 3 meses.
  4. Se crearon nuevas categorías para pagarte menos por el mismo trabajo.El cambio del modelo de categorías profesionales fue, sin duda, el trofeo de caza mayor para la patronal. Se firmó una fragmentación de categorías actuales en “escaloncitos” (niveles), dentro de cada categoría profesional, donde el nivel más alto tiene el salario actual y las otras dos nuevas, salarios inferiores. Esto hace que el tiempo que un trabajador necesita para subir de categoría tienda a infinito. Además, se legalizó la categoría de codificador informático, para pagar menos que el salario de programador Junior.Esto no es todo, aparte se modificaron las definiciones de las funciones de cada categoría convirtiéndolas en muy subjetivas, ambiguas y genéricas, lo que hace casi imposible que un empleado pueda denunciar y demostrar que trabaja en una categoría que no es la suya.Pongamos un ejemplo práctico:¿Has evolucionado y ya pasas trabajo a otros programadores? ¡Felicidades! En el convenio anterior serías ‘Analista Programador’ y supondría un salto salarial mínimo de 6.462€ anuales. (22.993€ por ser A.P. comparado con los 16.531€ de Programador senior).

    ¡Lástima! En el nuevo convenio firmado por CCOO y UGT el cambio sería a la categoría de Nivel III del grupo C (19.500€ anuales) y más adelante, mediante unas definiciones subjetivas e indemostrables como pasar de ‘tiene autonomía’ a ‘tiene amplia autonomía’ si quisieran hacerte ‘progresar’ el salario anual pasaría a 21.500€.

    Es decir, se permite hacer las mismas funciones de Analista Programador, pero por 3.493€ o 1.493€ anuales menos que con el anterior convenio.

  5. Se mantiene el artículo que permite que nos absorban la antigüedad.Cada trienio se nos debería aumentar nuestro salario base un 5%, excepto en el 6º, 7º y 8º trienio que nos deberían aplicar un 10% de incremento salarial, pero como puedes apreciar en tus nóminas estas subidas Tecnilógica no las aplica.
    CGT denunció esta situación ante magistratura, pero la demanda fue desestimada gracias al Artículo 7 de nuestro Convenio Colectivo el cual es interpretado de una manera interesada por las empresas, interpretación aceptada por los jueces.
    No se ha modificado ni una coma de dicho artículo, no vaya a ser que compliquemos a las empresas la absorción de la antigüedad.
  6. Se modificó el artículo que regula la ultraactividad del convenio.Con la redacción del convenio TIC inicial, se había eliminado de facto la cláusula de ultraactividad del convenio con una redacción confusa e interpretable de la misma, es decir la cláusula que blindaba todos los derechos existentes de forma indefinida en el tiempo mientras no hubiera un nuevo acuerdo. CGT denunció esta situación lo que provocó que se modificara su redacción en el BOE para que la ultraactividad no se viera afectada.
  7. Se definió un procedimiento para regular los descuelgues de convenio.Con este procedimiento las empresas pueden usar condiciones peores que las determinadas en el convenio. Se permite que las empresas se descuelguen del convenio unilateralmente en relación a las materias contempladas en el artículo 82.3 de ET, mientras que antes solo podían hacerlo si había un pacto con los representantes de los trabajadores.

Del resto cambio poco o nada:

  • En materia de vacaciones, permisos retribuidos, excedencias, compensación de horas extras, bolsas de estudios, planes de igualdad o prevención de riesgos, todo continuó igual. En general, viene a ser lo mismo que lo que ya marca el Estatuto de los Trabajadores.
  • La jornada ordinaria máxima de trabajo efectivo, en cómputo anual, continuó en 1.800 horas anuales, es decir, seguiremos con nuestra misma jornada laboral y horario.
  • Se continuó sin abordar temas tan importantes como las guardias, subidas de categoría, conciliación de la vida familiar y laboral, formación, dietas por desplazamientos, nocturnidad, nuevos permisos retribuidos, etc.

Es imprescindible pasar de la queja a organizarnos como trabajadores y trabajadoras en cualquier organización que considere clave mejorar nuestras condiciones laborales y que defienda y negocie un convenio TIC sin continuas concesiones a la patronal.

Si quieres un Convenio justo, elige

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