El lunes 24/07/2023 se nos anunciaba que se había llegado a un acuerdo para el nuevo Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de Cataluña. A falta de conocer los detalles del texto definitivo podemos decir que no hay nada nuevo que podamos contaros. Nos parece triste que después de 19 meses negociando las organizaciones sindicales mayoritarias, las condiciones de este sector sigan siendo las de la precariedad y la indefensión para las personas trabajadoras.
Sobre los incrementos salariales:
Para el año 2022 un 4%. (con efectos retroactivos a 1 de Enero de 2022)
Para el año 2023 un 4%. (sobre tablas 2022 y con efectos 1 de enero 2023)
Para el año 2024 un 3%. (sobre tablas 2023 y con efectos 1 de enero 2024)
Recordamos que el año 2021 fue uno de los años de mayor inflación, 6,5%. ¡¡Ni SE LE MENCIONA!!.
Se he perdido la oportunidad para compensar la pérdida de poder adquisitivo de aquel año.
Os recordamos que el incremento de tablas fue del 1,8% y el IPC interanual del 6,5%.
Por lo tanto arrastramos una pérdida de poder adquisitivo del 4,7%.
En el año 2022 con una inflación interanual del 6,1%.
Según el acuerdo y en el mejor de los escenarios se tendrá un incremento del 4% por lo tanto una pérdida de poder adquisitivo de 2,1% y en el peor de los escenarios una pérdida de poder adquisitivo del 6,1% si el salario alcanza, en cómputo global, los 28.145 Euros.
Entre estos dos años y en el mejor de los escenarios se arrastra una pérdida de poder adquisitivo del 6,8% y en el peor 10,8%.
Para los años 2023 y 2024 ya veremos como cierran los IPC’s y como quedan las pedidas de poder adquisitivo.
Sobre el mecanismo de compensación y absorción:
Se permite que los incrementos puedan ser compensados y absorbidos cuando se supere los 28.145 euros/año para 2022, 29.270 euros/año para 2023 y para 2024 los 30.148 euros/año.
Lo que comportará que los incrementos pactados no tengan repercusión en un grupo importante de empleados.
Además aquellos empleados que estén por debajo de estos importes y con complementos salariales por encima de las tablas fijadas en el convenio el incremento salarial será solo del 50%.
Sobre la cláusula de revisión salarial:
Finalizado el 2023, si el IPC del 2023 fuera superior al 4%, se aplicará un incremento adicional máximo del 1% con efecto de 1 de enero de 2024.
Finalizado el año 2024, si el IPC del 2024 fuera superior al 3%, se aplicará un incremento adicional máximo del 1% con efecto de 1 de enero de 2025.
Pendiente del texto definitivo se nos informa que también tratan otros aspectos:
Como las excedencias, contratos formativos, posibilidad de poder realizar contratos fijos discontinuos a tiempo parcial limitado a la vigencia del convenio (más periodo de ultraactividad), etc..
Llevan más de un año anunciando movilizaciones para obligar a la patronal a aumentar los salarios, con consignas como “Salario o conflicto” y “otoño caliente”. Era todo una tomadura de pelo a la clase trabajadora.