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La formación en Banco Sabadell se debe realizar dentro de la jornada laboral o se compensa con licencia retribuida

Ante las múltiples consultas recibidas sobre la materia, comunicamos a toda la plantilla que, tal y como refleja la normativa, la formación en Banco Sabadell debe realizarse dentro de la jornada laboral.

En el caso en que se realice fuera de la jornada laboral, será voluntaria por parte del empleado o la empleada y se compensará cada hora de formación con una hora de licencia retribuida.

A los efectos del control de las horas que cada empleado o empleada podrá compensar, se estipularán las horas necesarias para la realización de cada curso y se publicarán en el catálogo de cursos.

Asimismo, cada manager o responsable controlará las horas de formación realizadas por el personal de su ámbito, fuera de la jornada laboral, con el fin de compensarlas con licencias retribuidas, las cuales serán autorizadas mediante intranet como licencia por formación. El empleado o empleada deberá  proceder a grabar las horas realizadas.

El Banco costeará el hospedaje y manutención en caso que la formación sea de carácter presencial e implique extensión de jornada laboral. Los gastos de desplazamiento para la asistencia a los cursos de formación serán en todo caso a cargo del Banco.

CGT se ofrece a todo el personal que tenga cualquier problema para compensar las horas de formación, para gestionar su solución ante relaciones laborales en cumplimiento de la normativa vigente.

NO COMPENSAR LA FORMACIÓN REALIZADA FUERA DE LA JORNADA LABORAL ES UN INCUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA LABORAL, QUE AYUDA A DESTRUIR NUESTROS PUESTOS DE TRABAJO.

PARTICIPA CON CGT, LA ALTERNATIVA SINDICAL EN BANCO SABADELL

 

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