Compañeras y compañeros:
Ayer, 08 de abril se celebró la 7ª y última reunión de la Mesa de Negociación del ERE, y lejos de buscar un acuerdo digno, la dirección ha reafirmado su actitud de desprecio hacia la plantilla, presentando una propuesta con la que nos pretenden silenciar y evitar las posibles consecuencias por la práctica continuada de vulneración de los derechos laborales.
UNA PROPUESTA QUE INSULTA A LA PLANTILLA
La dirección de WiZink Bank ha cruzado todos los límites de la decencia laboral. En un acto de autoritarismo inaceptable, nos exige decidir sobre nuestro futuro en apenas horas, sin posibilidad de consultar con abogados, expertos fiscales, con nuestras familias o entre nosotros como colectivo.
Esta premura no es casual: es una estrategia calculada para:
✔ Evitar que descubramos las trampas ocultas en su propuesta de despido.
✔ Impedir que nos organicemos para defender nuestros derechos.
✔ Forzar decisiones individuales aprovechándose del miedo y la incertidumbre.
DENUNCIAMOS ESTAS PRÁCTICAS ABUSIVAS:
Plazo ilegítimo: Exigir una respuesta antes de las 17:00h del mismo día vulnera el derecho a la tutela efectiva (Art. 24 CE) y los principios básicos de la negociación colectiva.
Oscurantismo fiscal: La empresa no aclara si las indemnizaciones estarán exentas de impuestos. De no ser así, el trabajador podría perder hasta un 30% en IRPF, convirtiendo la «mejora» en un engaño.
Trampa del «acuerdo voluntario»: Si aceptamos, ¿renunciamos al paro? WiZink debe explicarlo por escrito antes de cualquier firma.
EXIGIMOS INMEDIATAMENTE:
✋ Un plazo mínimo de 15 días hábiles para estudiar la propuesta con asesoramiento independiente.
✋ Documentación oficial que aclare sin ambigüedades:
- Tratamiento fiscal de las indemnizaciones
- Derecho a prestación por desempleo en caso de aceptación.
- Cálculo detallado de lo que percibiría cada trabajador, con simulaciones netas. ADVERTENCIA LEGAL:
Cualquier acuerdo firmado bajo esta presión será impugnado por vicio de consentimiento (Art.
1265 Código Civil). Ya estamos preparando:
🔴 Denuncia en la Inspección de Trabajo por infracción grave del Art. 8.11 del Estatuto de los
Trabajadores.
🔴 Acción judicial por despido nulo al vulnerarse el procedimiento de consultas (Art. 51 ET).. HOY MÁS QUE NUNCA:
No envíes ningún correo de aceptación, si no estás segur@ y hasta que ejerzas tu derecho la consultas debidas..
¡NI UN PASO ATRÁS!
LA LUCHA CONTINÚA. LA DIGNIDAD NO SE NEGOCIA. UNID@S SOMOS MÁS FUERTES.
Sección Sindical de CGT