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CGT reclamará en el Supremo la nulidad del despido de 66 empleados de una filial de Wizink: «Se han vulnerado nuestros derechos»

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid declara «no ajustado a derecho» el ERE de los empleados de Wizink Gestión y responsabiliza a la matriz.

FESIBAC-CGT, que ostentaba la representación principal, acudirá al Alto Tribunal por considerar que se ha conculcado la libertad sindical a pesar de haber participado en la negociación del despido colectivo.

La Federación de Sindicatos de Banca, Bolsa, Ahorro, Entidades de Crédito, Seguros, Oficinas y Despachos, Empresas Consultoras de Planificación, y de Ingenierías y Oficinas de Estudios Técnicos de CGT ya avanza que interpondrá un recurso ante el Tribunal Supremo para conseguir la nulidad del despido y restablecer plenamente los derechos de las personas trabajadoras afectadas.

El TSJM dice que no hay vulneración de la libertad sindical

Existencia de un «grupo empresarial patológico»

«Se produce un ejercicio abusivo de la dirección unitaria, como ha entendido el Tribunal Supremo, que acontece cuando no se limita a la que es propia del grupo regular de empresas, sino que se extiende a la gestión y administración de las empresas que lo constituyen, o es objeto de un ejercicio anormal o abusivo en perjuicio del personal. Y se acredita un uso fraudulento de la normativa que permite constituir sociedades con personalidad jurídica diferenciada, pero en este caso Wizink Gestión ha servido de pantalla a la empresa verdadera, con lo que se pretende la dispersión o elusión de las responsabilidades laborales», concluye el tribunal.

Asimismo, la Sala alega que «la desventaja competitiva de Wizink Gestión ha sido generada por Wizink Bank», y concluye que «no hay una causa real de extinción, aunque se haya extinguido el contrato entre ambas empresas, y en el fondo el despido obedece a causas que afectan a Wizink Bank». Por tanto, el despido colectivo «no se ajusta a derecho».

Público

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