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Permisos retribuidos (II)

Como ya hemos venido informando en comunicaciones anteriores, CGT consiguió una sentencia favorable del Tribunal Supremo la cual reconocía que los permisos retribuidos establecidos en Convenio Colectivo no podían empezar en día no laborable. Al sentar jurisprudencia y resultar extrapolable a otros sectores, se abría la puerta para aplicar esta doctrina en otros ámbitos, como por ejemplo el nuestro.

En su momento, ya requerimos a RR.HH. su aplicación, a lo que no hubo objeción. Es más, nos indicaron que este criterio ya se venía contemplando desde hacía tiempo, aunque no tuviéramos constancia de ello. Sin embargo, en una segunda lectura del asunto, desde CGT también entendíamos que los días no laborables que se encontraran en medio del periodo correspondiente tampoco deberían computar, toda vez que no tiene sentido la concesión de permiso en días donde no hay que trabajar. A pesar de que informamos a RR.HH. de que la propia Comisión Paritaria de nuestro Convenio se había mostrado favorable a la aplicación de este criterio, nos indicaron que hasta no tener constancia oficial del mismo, en JLL no sería de aplicación.

Ante esta situación, desde CGT iniciamos el procedimiento correspondiente ante el Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA), como paso previo a la demanda ante la Patronal Sectorial, quien finalmente ha aportado el acta donde se acuerda que en relación a lo estipulado en el Artículo 41 del Convenio Colectivo para las Empresas de Gestión y Mediación Inmobiliaria “…. los días correspondientes a los permisos recogidos en los apartados b), d) y e) deben ser laborables y, el recogido en el apartado a), debe iniciarse en día laborable.”  Trasladada esta documentación a RR.HH. finalmente han tenido que reconocer este sistema de cómputo.

Por tanto, los días de licencia retribuida contemplados en los mencionados apartados (nacimiento de hijo, hospitalización, enfermedad o fallecimiento de familiares, etc.) deberán comenzar en día laborable y no se computarán los días no laborables que se encuentren a lo largo de ese periodo. Así mismo, el contemplado en el apartado a) (15 días por matrimonio) no podrá iniciarse en día no laborable. Es decir, si por ejemplo a un trabajador le corresponden 2 días porque operan un viernes a un familiar, podría disfrutar el viernes y el lunes de permiso retribuido.

Una vez aclaradas las cosas, pensamos que hubiera sido mucho más sencillo que desde RR.HH. se hubieran puesto en contacto con la Patronal al objeto de confirmar este asunto.

Aprovechamos para recordaros, que el pasado 5 de julio entró en vigor la ampliación del permiso de paternidad en una semana más de lo existente hasta ahora, quedando fijado en 5 semanas. Podéis consultar todos los detalles pulsando aquí.

Como siempre, lxs delegadxs de CGT estamos a vuestra disposición para cualquier consulta o aclaración.

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2018/10/04/permisos-retribuidos-ii/