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Riesgos Psicosociales: La Inspección de Trabajo nos da la razón

Después de un largo tiempo de trabajo, encabezado por nuestros Delegados en el CESS (Comité Estatal de Seguridad y Salud), y tras varios intentos de consensuar un acuerdo en ese ámbito con la empresa, no nos quedó más remedio que presentar dos denuncias ante las Inspecciones de Trabajo de Baleares (Palma de Mallorca) y Madrid.

La denuncia de Baleares ha sido remitida para su resolución a Madrid, pero la de Madrid ya ha sido contestada, y es contundente. Lo que pedíamos en la denuncia:

“Se obligue a la comercial BBVA que modifique su criterio para la obtención de datos sobre Riesgos Psicosociales e implemente un método homologado e independiente, poniendo como ejemplo el que propone CGT (F-Psico, el oficial del INSHT), o cualquier otro independiente y homologado”.

Después de un razonamiento que viene dado por la experiencia del Inspector, tanto a nivel de demandas individuales por acoso presentadas por CGT BBVA (sancionando al Banco con la mayor de las multas posibles), y por otras organizaciones sindicales, referidas al colectivo de personas “en seguimiento” o Engagement, el Inspector resuelve en los siguientes términos:

“Tras el estudio conjunto de estos expedientes nos encontramos con unas evaluaciones de riesgos de carácter psicosocial de la que no consta la participación que se haya dado a los representantes legales de los trabajadores, un método de realización de las mismas que obtiene una garantía de confianza avalada por un informe de la UCM que la empresa no expone ni a los representantes legales de los trabajadores (RLT) ni a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, antes al contrario expresamente se niega a ello, una falta de evaluación de riesgos psicosociales en las situaciones forzosamente estresantes de «Seguimiento» o “Pool de bajo desempeño», una evaluación de un centro de trabajo incapaz de detectar una situación de deficientes condiciones de trabajo de carácter psicosocial y una conducta de la empresa con nula disposición a cumplir sus obligaciones en la materia en el caso individual comprobado, estos dos últimos aspectos en relación con el caso individual señalado”

El Inspector ya indica que no sólo se basa en una denuncia, sino en varias y en la nula disposición del Banco a cumplir con las peticiones de la Inspección, con los documentos que en su momento se le requirieron, tanto en el caso del compañero por acoso, como por la del colectivo “en seguimiento o Engagement.

“Por todo ello, además del acta de infracción que ya se ha dicho, se ha requerido a la empresa para que en el plazo de tres meses evalúe las condiciones de carácter psicosocial de los trabajadores adscritos al ‘Pool de bajo desempeño’ o ‘En Seguimiento’. El requerimiento en virtud de lo que dispone el Art. 43 nº 2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL) 31/1995 de 8.11.10 (B.O.E. del ’10) se ha puesto en comunicación de los Delegados de Prevención.

“Además  se  ha  informado  a  la  Dirección  Territorial/Jefatura de esta Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre la conveniencia de pedir al Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo informe sobre las características del sistema BBVA-Psico utilizado por la empresa y su validez para la realización de evaluaciones de riesgos psicosociales con las garantías de fiabilidad exigidas por la normativa vigente, Art. 16 nº 2.a) de la LPRL 31/1995 de 8.11 (B.O.E. del 10, y el artículo 5.2 y .3 del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero (B.O.E. del 31) por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención”.

En esta segunda parte dicta resolución para que BBVA evalúe a todo el personal del colectivo en seguimiento en el plazo de tres meses (recordad que BBVA NO entrega relación de este colectivo a la RLT porque disfraza esta técnica de presión con una supuesta ayuda para la mejora del hacer diario de los asignados a este colectivo).

Y la última parte pide información a un estamento superior de la Inspección para que solicite una investigación al INSST sobre la validez de BBVA-Psico, sistema implantado unilateralmente por BBVA, supuestamente respaldado por un informe de la UCM, cuyo contenido se mantiene oculto a ojos expertos y que ahora BBVA se ha negado incluso a entregar a la Inspección de Trabajo. Un informe “secreto” que, con los nulos resultados de la aplicación de la metodología que supuestamente avala, ha servido al Banco para tapar e incrementar la grave realidad Psicosocial que venimos sufriendo y cuyos resultados en el ámbito Psicosocial siempre da como resultado que no hay ningún empleado en toda España que sufra este tipo de patología laboral. ¡No se lo creen ni ellos!

Damos por supuesto que BBVA recurrirá esta resolución, como hace con todas las que no le son favorables, y dilatará al máximo el cumplimiento de la misma. Entendemos que sería bueno que la actual Dirección revisara viejas actitudes de confrontación a este respecto y se evalúen los Riesgos Psicosociales, parte fundamental del clima laboral, simplemente con el método oficial del INSHT.

Aunque en algún momento se nos calificó de “iletrados” por parte de la Dirección de BBVA, no parece que la Inspección comparta este calificativo.

 

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