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Aplicación del ERTE

Difícil, muy difícil ha resultado este proceso negociador llevado a cabo durante la pasada semana, que concluyó este lunes con un acuerdo a última hora, tal como ya os adelantamos ese mismo día. Quienes ya hemos participado en negociaciones de este tipo en otras ocasiones y en otras empresas, no llegamos a entender la postura intransigente y con poco o nulo espíritu negociador como el que hemos vivido en estos días. Incluso nos hemos visto obligados a manifestar en varias ocasiones a nuestros interlocutores empresariales, la apariencia de una mala fe negociadora por su parte a lo largo de todo el proceso.

Desde el minuto uno tratamos de persuadir a la Representación Empresarial (RE), de lo nefasto que podría llegar a ser la reducción tan desproporcionada del 60%, no solo para la situación económica de los trabajadores, sino para la operatividad de la propia Empresa, que podría y puede acarrear graves consecuencias para el negocio, en base al servicio que vamos a poder prestar a clientes y colaboradores en los próximos dos meses. Y es en esa postura inamovible hasta última hora del último día, donde se plasma la mala fe en cualquier proceso de esta naturaleza.

Pese a todos nuestros intentos de mejorar estas condiciones y los sobrados argumentos esgrimidos, la RE no ha sabido o no ha querido verlos del mismo modo. Incluso ante nuestros planteamientos de que en esas condiciones no iba a ser posible alcanzar un acuerdo, la Empresa sacaba el comodín de adoptar “otras medidas” que todo el mundo puede adivinar cuales son. Y es aquí donde hemos tenido que ser responsables, desde luego mucho más que la propia Empresa, puesto que cuando una persona defiende sus propios intereses, asume las consecuencias a título individual. Sin embargo, cuando lo que está en juego es un colectivo que ha depositado su confianza en quienes les representan, la perspectiva es bien distinta.

Con el único amparo de un informe elaborado por un analista independiente, pero con datos proporcionados por la propia Empresa, se llega a la conclusión de que ha existido un descenso del 62% del volumen de trabajo. Sin embargo, los cálculos realizados por esta Sección Sindical diez días más tarde, arrojaban otra cifra bien distinta, que se situaba en el 43%. Dicho informe, en ningún momento entró a valorar las necesidades operativas, probablemente porque no se facilitaron datos de ese tipo, pese a que las causas analizadas eran de carácter organizativas y de producción, algo sorprendente. Otro dato que hemos podido conocer estos días, es que dicho informe fue encargado por la Empresa alrededor del 8 de abril. Es decir, una semana después de que RR.HH. lanzara su oferta estrella a la plantilla para el disfrute en confinamiento de una serie de días de vacaciones. ¿Más mala fe? Juzgar vosotros mismos.

Intentamos por activa y por pasiva, hacer ver a la RE que un descenso del volumen de trabajo, que nadie va a poner en duda, no guarda una relación directamente proporcional en cuanto a los recursos necesarios para su correcto desarrollo. Esto es, que un descenso del número de encargos, no implica necesariamente que se vayan a ver reducidas en la misma proporción, incidencias, llamadas, correos, etc. Nunca lo llegaron a entender. Quizá la causa fuera que la RE desconocía cual es nuestra realidad y necesidad operativas. Después de casi seis años todavía no se enteran…

Hasta aquí la parte visceral de este asunto, aunque podríamos extendernos mucho más en este capítulo sinuoso de la negociación, y de los argumentos, posturas y previsiones de una y otra parte. El tiempo y nosotros mismos seremos testigos de quien se aproximaba más a la realidad. Nuestra realidad.

En cuanto los datos prácticos, que llegado a esta situación es lo que más interesa, indicar que la reducción acordada finalmente es del 50% y la duración del ERTE de dos meses, comenzando su vigencia ayer 6 de mayo y finalizando el 6 de julio, afectando a 51 trabajadorxs. La jornada de trabajo deberá comenzar entre las 8:00 y las 9:30 h., atendiendo a la flexibilidad de entrada y salida existente. Cualquier otra distribución horaria que pueda plantear la Empresa, estaría fuera de lo recogido en el acuerdo del ERTE, a excepción de los dos supuestos concretos establecidos en el mismo. Uno de esos supuestos, recoge la posibilidad de trabajar, por causa justificada, en turno de tarde bajo ciertas circunstancias y limitaciones. Mientras que el otro, omitido en la comunicación oficial de la Empresa, plantea la posibilidad de ciertas adaptaciones por razones de conciliación del trabajador.

En cuanto al horario de trabajo, la Empresa ha establecido la realización de 4 h. 15 minutos de lunes a jueves, mientras que los viernes será de 3 horas y cuarto. A modo de ejemplo, si se comienza la jornada a las 8:00 h., se finalizará a las 12:15 h., siendo esto aplicable de lunes a jueves. Mientras que los viernes sería de 8:00 h. a 11:30 h.

En este sentido, queremos llamar la atención a toda la plantilla de algo muy importante. La realización de horas extras, está prohibida por Ley mientras dure el ERTE. Además, en caso de que se produzcan prolongaciones de jornada, se estaría incurriendo en un fraude al Estado, puesto que se estaría trabajando para la Empresa con cargo a la prestación por desempleo. De dicho fraude, no solo sería responsable la Empresa, sino también el propio trabajador. Por tanto, os pedimos especial cuidado con esto, puesto que es nuestra obligación denunciar cualquier actitud que contravenga tanto lo recogido en el acuerdo del ERTE, como en la legislación aplicable, tal como le hemos advertido a la Empresa y no queremos que, de nuevo, vuelva a salir perjudicado el trabajador. Si recibís presiones o insinuaciones por parte de la Dirección o de vuestros responsables, ponerlo inmediatamente en nuestro conocimiento, en especial en materia de horario y jornada, para tomar las medidas que procedan, incluso aun no existiendo a día de hoy registro de jornada implantado, donde la Empresa ya está incumpliendo de facto la Legislación vigente.

En otro orden de cosas, informaros también que aquellas personas que ya se encontraran en reducción de jornada por guarda legal, le será de aplicación el porcentaje de reducción que corresponda hasta alcanzar el 50%. De manera que, si por ejemplo ya se dispone de una reducción del 25% por dicha causa, le será de aplicación el 25% restante.

Así mismo, destacar que se ha pactado que la aplicación del ERTE no afecte ni a vacaciones ni a las pagas extra, ya que lo normal es que ambos aspectos se reduzcan en la parte proporcional que corresponda. Del mismo modo, informaros que ante la aplicación de un ERTE, la Ley exige el mantenimiento del empleo durante los seis meses posteriores a la finalización del mismo.

En cuanto al salario a percibir, informaros que por un lado, la empresa abonará el importe correspondiente al 50% del salario en la forma y fecha habituales. Sin embargo, la parte restante, será abonada por el SEPE directamente a cada persona trabajadora, cuyo importe será el resultado del cálculo del 70% de la base reguladora, con un máximo de 1.098 € para quien no tenga hijos menores, 1.258 € para los casos de un hijo, y 1.411 € para dos hijos o más, cantidades que estarán sujetas a la correspondiente retención del IRPF. Es decir, que en ningún caso se va a ver igualado con la cantidad neta que recibiríamos de la Empresa en condiciones normales. En este punto, debemos advertir, para que cada cual vaya haciendo sus propias previsiones, que el SEPE paga los días 10 de cada mes, y nuestra experiencia nos dice que existen muchas probabilidades, de que el 10 de junio no se produzca el abono indicado, debido al retraso en los trámites administrativos. En tal sentido, podéis hacer uso del sistema de anticipo contemplado en el acuerdo. Os sugerimos que consultéis a RR.HH. las condiciones para llevarlo a cabo.

No estamos satisfechos, compañerxs. Queríamos algo mucho mejor, y sobre todo que el pago de los platos rotos no recaiga siempre sobre los mismos. Como dijimos durante la negociación, estamos en una multinacional para lo bueno y para lo malo, y por eso, en esta ocasión como en otras precedentes, no nos hemos sentido arropados por JLL, pese a las dulces y melódicas palabras que nos quieran lanzar. Y lo que es aún peor, con malas prácticas y engaños que no estamos dispuestos que se vuelvan a repetir.

Para cualquier duda, consulta o denuncia que deseéis formular, estamos a vuestra disposición a través del correo de la Sección o del móvil que figura en el encabezamiento.

 

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