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Engagement: La IT nos vuelve a dar la razón

Con fecha 31 de enero del 2020 desde CGT se interpuso denuncia ante la Inspección de Trabajo de Logroño que se centraba en manifestar que BBVA estaba imponiendo un sistema denominado “BAJO DESEMPEÑO O ENGAGEMENT”, para controlar a los trabajadores/as dándoles un toque de atención, basándose en criterios desconocidos tanto por ellos como por los representantes sindicales, y en principio relacionados con problemas de actitud de los trabajadores/as. Además, se desconoce por cuánto tiempo se produce la inclusión en dicho listado, de cuántas personas se trata y quién ha subsanado dicha situación.

Esta práctica tiene como consecuencia un aumento significativo del ESTRÉS LABORAL, que no ha sido evaluado suficientemente por el BBVA, puesto que se basan para hacer la evaluación de riesgos psicosociales en un método propio. Desde CGT se ha pedido al Banco en diversos foros (Reuniones del Comité Estatal de Seguridad y Salud) que siguieran el método INSHT, homologado por el Ministerio de Trabajo, y, por consecuente es más fiable, pero el Banco siempre ha defendido que su método estaba avalado por la Universidad Complutense de Madrid, hecho que, a pesar de nuestra insistencia, nunca se nos demostró.

La resolución de la Inspección de Trabajo de Logroño, de fecha 11 de enero del 2022 abre una doble vía en su respuesta:

Por una parte, en lo referente a SEGURIDAD Y SALUD, detecta deficiencias en relación al contenido de las evaluaciones de riesgos que aporta el BBVA. La IT dice que queda probado que las evaluaciones no se ciñen ni al método BBVA-Psico ni a ningún otro, dada la cantidad de deficiencias importantes que muestra. Además, indica que el BBVA está incumpliendo con su obligación de dar consulta y participación a los Delegados sindicales de Prevención, y por lo tanto también a las personas trabajadoras del BBVA.

En consecuencia, se inicia un PROCEDIMIENTO SANCIONADOR CON ACTA DE INFRACCIÓN DOBLE: por un lado, por elaborar informes de riesgos psicosociales no conformes a la normativa y por otro lado por transgredir los derechos de consulta y participación de la plantilla a través de sus representantes sindicales.

Por otra parte, en lo referente a lo LABORAL, la resolución dice que queda comprobado que el BBVA trasgrede los derechos de los representantes sindicales regulados en el art 64 del Estatuto Trabajadores, por el cual el Comité de Empresa tiene derecho a poder emitir un informe antes de la ejecución por parte de la empresa de sus decisiones, entre otras en materia de control del trabajo, establecimiento de sistemas de primas e incentivos y valoración de los puestos de trabajo. Además, dice que queda demostrado que el BBVA viene utilizando por lo menos desde hace 5 años la herramienta de “Engagement” sin contar con el informe del Comité de Empresa.

Esa misma resolución la obtuvimos CGT de la I.T. de Huesca el 14 de Julio de 2020. En ella se expresa: “La empresa vulnera los derechos de participación, puesta en práctica y evaluación de los planes y programas de prevención de riesgos psicosociales cuando los realiza sin colaboración de la representación sindical. Debe contar en su elaboración con la participación del Comité de Seguridad y Salud”.

Respecto a esta parte, se inicia PROCEDIMIENTO SANCIONADOR EN MATERIA LABORAL POR INFRACCIÓN GRAVE.

Una vez más, podéis comprobar que CGT somos un sindicato activo y resolutivo, en lo que importa y afecta directamente a la plantilla. En CGT somos quienes tratamos los problemas diarios de la plantilla, tanto los individuales como los colectivos, sin apropiarnos de ningún tipo de mérito más allá de nuestro trabajo diario. CGT en BBVA, un grupo de personas que trabajan por y para la plantilla de nuestra empresa.

Enero 2021

 

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