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La empresa sufragará el coste de las gafas para las personas trabajadoras que las necesiten

A primeros de año, tuvimos conocimiento de una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Europea (ECLI: EU:C:2022:1020 de fecha 22/12/2022), que establece y aclara las posibles interpretaciones que pudieran tener lugar, en cuanto a que las empresas deben sufragar los gastos de gafas de sus trabajadores/as. En síntesis, dispone lo siguiente;

Los empresarios deben proporcionar a los trabajadores gafas o lentillas graduadas para el trabajo siempre que los reconocimientos médicos demuestren que son necesarios. No se exige que el trabajo con pantallas de visualización tenga que ser la causa directa de la deficiencia visual. Ahora bien, esta obligación puede cumplirse, bien mediante la entrega directa de dispositivos correctores especiales, bien mediante el reembolso de los gastos que el trabajador haya tenido que efectuar, pero no mediante el abono de un complemento salarial de carácter general (de penosidad).

Por ello, el pasado mes de febrero nos dirigimos a la empresa para solicitar que a partir de este momento se hiciera cargo de ese gasto, y que nos dieran instrucciones para gestionarlo. A pesar de que tuvimos que reiterar nuestra solicitud, finalmente nos ha contestado hace unos días, indicando que cumplirá con esta obligación legal. No obstante, quedarían excluidas las monturas de “alta gama”, entendiendo como tales aquellas de marcas exclusivas o de lujo, cuyo precio suele superar la media razonable de este elemento.

Para llevarlo a efecto, se deberá actuar de la siguiente manera;

La persona trabajadora que necesite hacerse unas gafas nuevas a partir de ahora, deberá sufragar inicialmente el gasto y, a continuación, le enviará a RR.HH. la factura junto con la hoja correspondiente al “Control de Visión” del último reconocimiento médico de empresa realizado a primeros de año (adjuntamos muestra de este documento).

Una vez remitida esta documentación, la empresa procederá al reintegro en la cuenta bancaria de la persona trabajadora, del importe correspondiente. Para cualquier duda o incidencia que se os pueda presentar con este asunto, no dudéis en ponerlo en nuestro conocimiento.

Por otro lado, aprovechamos para informaros, que también hemos solicitado a la empresa, la instalación de un desfibrilador, tal como ya teníamos en nuestra anterior etapa en JLL. Según nos indican desde RR.HH., dicho dispositivo, se instalará en el centro de trabajo próximamente, y se ofrecerá un cursillo de formación a un número de personas todavía por determinar.

Desde la Sección Sindical de CGT, seguiremos trabajando para mejorar nuestras condiciones en la medida de lo posible, a pesar del panorama tan desalentador que estamos viviendo, donde los despidos no cesan y el futuro de nuestra empresa continúa siendo incierto.

Saludos.

Sección Sindical de Tasaciones Hipotecarias

 

                                             

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