El miércoles 21 de febrero hemos tenido reunión de unificación de condiciones y la empresa ha propuesto que se aplacen estas negociaciones hasta después de Semana Santa. Las posturas están muy alejadas, pero no modifican su propuesta ni nos aclaran las dudas. Por nuestra parte hemos indicado que seguimos sin información para analizar los datos y que la unificación no puede suponer pérdida para todos o para la mayoría.
Os informamos de las propuestas del BLOQUE 4:
BLOQUE 4: Integración en convenio de aplicación.
La Empresa propone en este apartado que las categorías se transformen de la siguiente manera:
Mapeo de categorías
Siguiendo este criterio para la simplificación de conceptos salariales.
En esta equiparación nos dicen que tanto el convenio de oficinas y despachos de Madrid como el de Barcelona no tienen todavía el paralelo y se trataría más adelante, pero no acaban de informarnos de esta equiparación.
Con respecto a la transformación de las nóminas nos plantean que agruparán todo lo posible en dos conceptos, el absorbible y compensable y otro que sería no absorbible ni compensable.
Según el convenio que la empresa ha propuesto existen unos conceptos que deben estar en la nómina, ya sea por transformación o por convenio, y explican cómo se transformarían para la adaptación:
Salario Base. Si el salario base anterior es superior, este se repartirá entre el salario base de la categoría que le corresponda y la diferencia será incluida en ex salario base.
Plus Convenio. Si el plus convenio anterior es superior, este se repartirá entre el plus convenio de la categoría que le corresponda y la diferencia será incluida en ex plus convenio.
Teniendo en cuenta los puntos anteriores, en el caso de que se generen los conceptos de ex salario base y/o ex plus convenio, estos atenderán a lo dispuesto en el convenio colectivo sirviendo para compensar y absorber futuras subidas y actualizaciones de convenio en los conceptos de salario base y plus convenio, así como cambios de nivel o grupo profesional cuando los nuevos conceptos sean superiores.
Hacemos un análisis de la propuesta de la empresa.
- Los conceptos perderían la trazabilidad de su origen con el consiguiente problema para su verificación, valoración y su trayectoria.
- Podrían pasar años absorbiendo importes y no teniendo subidas reales en las nóminas.
- No se contemplan subidas salariales reales, puesto que los importes de los conceptos servirían para compensar, absorbiéndolas, incluso para los colectivos que las tienen por convenio.
- La equiparación de categorías no queda clara, para algunos colectivos ni siquiera se ha realizado la propuesta de transformación de categorías.
- Por todo ello, en este punto de integración de convenio por parte de CGT lo consideramos INACEPTABLE.
Desde CGT hemos presentado una propuesta para el traspaso de las nóminas que consideramos sencilla de entender interpretar y asumir.
El traspaso de las categorías debe realizarle antes de la firma del acuerdo para garantizar la correcta transformación y esta deberá ser tratada entre la persona trabajadora, la empresa y los representantes de los trabajadores.
En las nóminas de Atos IT proponemos que los conceptos no serán ni compensables ni absorbibles.
Los Conceptos de las nóminas serán:
Salario Base: Marcado por convenio.
Ex. Salario Base: Diferencias entre Salario Base marcado por convenio y el Salario Base anterior.
Plus convenio: Marcado por convenio.
Ex. Plus convenio: Diferencias entre Plus convenio marcado por convenio y el Plus convenio anterior.
Antigüedad: Será calculado con la suma de Salario Base + Ex Salario Base con el porcentaje que corresponda según convenio.
Complemento no absorbible ni compensable: diferencia entre el Importe pactado entre la empresa y trabajador que complementa el salario para incrementar el bruto anual.
Los conceptos individuales: el detalle de estos no se perderá en las nóminas.
Desde CGT hemos trasmitido que los conceptos en las nóminas no pueden ser compensables ni absorbibles para no eternizar los sueldos y seguir perdiendo poder adquisitivo año tras año.