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Publicamos análisis de la propuesta de CCOO en el convenio TIC

Según indicó CCOO y UGT, el pasado junio entregaron una propuesta de redactado de convenio TIC a la patronal. ¿Por qué no la han presentado a los trabajadores? ¿A qué viene este secretismo? Todo parece indicar que no se desea que se conozcan las cesiones antes de condimentarlas.

Después de darles dos meses de tiempo para que fueran transparentes ante cientos de miles de trabajadores, nos vemos en la obligación de publicar el documento interno de CCOO. Os la adjuntamos como fichero.

A continuación pasamos a analizar los puntos de cesiones aceptadas por CCOO y UGT (de momento). No dedicaremos mucho tiempo a la columna de agresiones de la patronal TIC que hay en el documento, ya sabemos que les gustaría tenernos a su disposición, sin derechos y con el mínimo salario posible.

infografia

⊗ CCOO y UGT reivindican perder poder adquisitivo en todas las categorías profesionales:

Con absoluta desfachatez, CCOO y UGT proponen un incremento del 3,5% en las tablas salariales para 2017, 2018 y 2019 y así ‘acabar con la congelación existente’.

Esos incrementos suponen un total de 10,87%. Teniendo en cuenta que la inflación acumulada desde enero de 2010 (inicio de la congelación de tablas) hasta junio de 2017 es ya del 10,4% (https://goo.gl/FMr7Bs, todo lo que superara un 0,4% de inflación en los próximos dos años y medio sería pérdida de poder adquisitivo real respecto de las miserables tablas de 2010. Unas tablas que, recordemos, en algunas categorías ya no son válidas al estar por debajo del Salario Mínimo Interprofesional.

No sólo las tablas no se actualizan sino que, de facto, se está renunciando al cobro retroactivo desde el 2010, lo que puede suponer varios miles de euros.

CCOO y UGT están proponiendo que luchemos para bajar los mínimos salariales en valor absoluto respecto de 2010. ¡Bravo, compañeros! La patronal TIC debe estar sobrecogida con esos planteamientos.

Posible ampliación del máximo de años en contrato por obra y servicio:

A la barra libre pedida por las empresas en materia de contratación, CCOO indica que aceptaría: ”Duración NO superará 4 años TRLET (15.1.a).”. Obvio. Lo contrario sería ilegal. Ahora bien, lo que apunta esta redacción es que estarían dispuestos a aceptar 4 años máximos (un año más que lo actual, ya que en el convenio vigente no se acepta que se aumente de 3 a 4 años la duración máxima).

Si se confirmara, condenaría a la temporalidad un año más a las nuevas contrataciones.

Conversión a contrato indefinido aquellos contratos temporales anteriores al 2012

Demostrando un absoluto desconocimiento, han confundido la entrada en vigor del máximo de 3 años por contratos de obra y servicio, creyendo que se implantó en la Reforma Laboral del PP (2012), cuando en realidad fue en la del PSOE de junio de 2010. Es decir, todo contrato temporal entre junio 2010 y la fecha actual menos 3 años simplemente es ilegal.

Por otro lado, los posibles contratos de obra y servicio a los que aluden (en realidad, anteriores a junio 2010) tendrían en la actualidad más de 7 años de vigencia, por lo que si quedara alguno debería ser denunciado por incumplimiento del requisito de sustantividad propia en la actividad habitual de la empresa y causalidad. Sin más. Son indefinidos de facto.

Permiso para que las empresas te alteren en dos horas la hora de entrada o salida

Las empresas quieren disponer de los y las trabajadoras como piezas móviles, siempre a su disposición y con el mínimo de garantías. En ese sentido, en el documento de comparativa, las empresas quieren tener una flexibilidad en el horario de dos horas. Lo que significa que te puedan decir que ‘entras dos horas antes’ de tu horario de entrada habitual o ‘que te vayas dos horas después’.

Si eso se implantara en el convenio, negarse supondría tu despido sin indemnización.

Pues eso es lo que parece aceptar CCOO y UGT: Por parte de estos sindicatos se hace una referencia de esa ‘flexibilidad’ hacia el apartado de ‘Distribución Irregular de la Jornada’. Y en ese apartado, aún sin acuerdo con el comité de empresa se acepta que las empresas te alteren el horario con un mes de preaviso. Es el concepto de conciliación con la vida personal que entienden en CCOO.

La duración de la jornada laboral ordinaria (jornada irregular) podrá superar las 9 horas

Nuestro actual convenio indica que en ningún caso se podrán superar las 9 horas de jornada ordinaria, articulo 20.1, mientras que en la propuesta adjunta se permitiría, en caso de pacto con el comité de empresa, que se puedan hacer más de 9 horas. Así que cualquier sindicato amarillo, a partir de ahora, podrá jugar con tu libertad personal como moneda de cambio, y no digamos ya nada si el «cuñao» del jefe está en el comité. El grillete se cierra sobre nuestros cuellos, sólo hace falta la llave.

Horario de Servicio

CCOO acepta modificar el artículo 20.7 de nuestro convenio. Donde actualmente la persona desplazada a cliente tiene que hacer el horario del cliente (siendo favorecido a menudo cuando hay jornada intensiva de varios meses, por ejemplo) pasaría a realizar el ‘horario de servicio’ que quiera la empresa. Abriendo la puerta a una extensión de este concepto desregulador en el futuro al resto de trabajadores y trabajadoras, si no ceden también en lo que queda de ‘negociación’.

Teletrabajo

Se hace referencia a un texto que los trabajadores y trabajadoras del sector no conocemos. Sin duda, es muy interesante para reducir costes en las empresas mediante la ‘voluntariedad’ de lo tomas o tú mismo. No podemos detallar más mientras CCOO y UGT lo sigan ocultando.

Grupos de categorías profesionales

Debido al secretismo hacia las trabajadoras y trabajadores, desconocemos el mapeo y propuesta de grupos. Los principales peligros son la fragmentación en nuevas categorías para permitir pagar menos por mismas funciones mediante redactados ambiguos.

Resumiendo, nos encontramos con un panorama desolador: Tenemos bastantes retrocesos ya aceptados por CCOO y UGT. Su modelo de negociación, basado en consensuar reivindicaciones patronales en un convenio colectivo de trabajadores, da a la luz estas consecuencias para todos nosotros y nosotras. Y todavía estamos a medio camino de un posible acuerdo, habrá más. Mientras tanto prima la falta de transparencia hacia los trabajadores (que no hacia la patronal ya que tienen su propuesta de redactado).

Y ahora vendrán con la pantomima de movilizarnos para perder derechos.

Exigimos la dimisión de todas las personas que forman parte de esa comisión negociadora, por su pésima estrategia y cesiones realizadas. Exigimos la expulsión de los asesores de las federaciones de servicios de CCOO y UGT, de conocida influencia en firmar acuerdos miserables. Sólo un proceso de movilización que no acepte cesiones en poder adquisitivo y derechos de todos puede sacarnos del barrizal donde están siendo enterrados los derechos de los y las trabajadoras del sector TIC.

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2017/09/08/publicamos-analisis-la-propuesta-ccoo-convenio-tic/