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Las licencias deben comenzar a disfrutarse en día laborable

El 30 de septiembre del año pasado se celebró el acto de conciliación por Conflicto Colectivo presentado por CGT debido a la controversia que se produce en la consideración de cómo se consideran (hábiles o no) los días de determinadas licencias contempladas en el Art. 29 del Convenio Colectivo y si deben comenzar en el siguiente día hábil laborable. También expusimos que, si la licencia empieza un día laborable y, entre medias, hay un festivo, este no debe de contar en el cómputo. Como siempre, no hubo CONCILIACIÓN. Lo habitual.

A las sentencias firmes del Tribunal Supremo y de algún Tribunal Superior de Justicia dándonos la razón, se suma ahora una reciente del Tribunal Supremo sentenciando que todos los permi- sos retribuidos, incluido el de matrimonio, se deben comenzar a disfrutar en un día laborable. El 4 de junio se publicó la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Unión Eu- ropea…

Nos dirigiremos de nuevo al Banco para saber si debemos de reactivar nuestro Conflicto Colecti- vo antes indicado pues es un tema que venimos reclamando desde abril de 2018.

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AL DÍA Nº 4 – 2020 (BBVA)

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