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AtoS IT: La Audiencia Nacional desestima la demanda del ERTE

La Audiencia Nacional ha desestimado la demanda de conflicto colectivo que presentó CGT en materia de impugnación de suspensión de contratos.

Como consta en la propia sentencia, «La parte demandada ATOS IT SOLUTIONS AND SERVICES IBERIA S.L, se opone a la demanda interpuesta por el sindicato CGT y solicita una sentencia íntegramente desestimatoria. Puntualizó que cuando se alcanza un acuerdo, la posibilidad de impugnarlo es por dolo, fraude o abuso del derecho y nada se ha concretado».

Efectivamente, el problema es que cuando la mayoría que representa a las personas trabajadoras llega a un acuerdo injusto con la empresa, es difícil cambiarlo, y en este caso esa mayoría ya comunicó en la primera reunión, que habría acuerdo entre las partes, sin ni siquiera comenzar el proceso. Los habituales apoyos incondicionales de CCOO y UGT en los procesos de negociación (siempre con la dirección de las federaciones, imponiendo sus decisiones y negociando según sus propios intereses), hace que la empresa acabe saliéndose con la suya.

Después del tiempo que ha transcurrido con la Pandemia, ha quedado claro que los proyectos no se han visto afectados por ésta y se ha seguido teletrabajando de la misma manera y sin que haya supuesto merma contractual. Es evidente que la empresa en colaboración con los sindicatos firmantes del ERTE han querido aprovechar la coyuntura para sacrificar a los de siempre y sin motivos, como siempre. Nuevamente, el oportunismo es abanderado por los protagonistas de siempre.

CGT seguirá denunciando cualquier tipo de atropello contra la plantilla, tenga el disfraz que tenga éste y vaya apoyado por quien vaya apoyado, aunque todos sabemos quiénes apoyan éstas y otras medidas que también siempre intentan justificar (ERTEs, EREs, Convenios de empresa precarios y letales para la plantilla, etc.). Desde CGT creemos que es necesario recordar que nuestra prioridad es defender a todas las personas trabajadoras, ¡sin engaños ni mentiras!

CGT presentará Recurso de Casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo.

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