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Teletrabajo: Conciliación en la Audiencia Nacional

El 22 de noviembre estábamos citados en la Audiencia Nacional para el juicio, y acto de conciliación previo, por la demanda que CGT interpuso contra los acuerdos de Teletrabajo que está realizando AtoS Spain desde julio de 2021. UGT no ha comparecido.

Se había pedido la anulación de dichos acuerdos por incluir una cláusula abusiva, que es ésa en la que la empresa impone a l@s trabajador@s que reconozcan que no tienen gastos al hacer Teletrabajo. Y también por incluir en los acuerdos individuales algunas cláusulas que nunca se negociaron con la RLPT y que tampoco estaban recogidas en el acuerdo de eficacia limitada firmado con UGT, confundiendo así a la plantilla, que cree que firma un documento que incluye lo mismo que el acuerdo de eficacia limitada al que se adhiere pero no es así, lo que resulta muy engañoso.

Pues bien, en el acto de conciliación previo al juicio la empresa ha ofrecido retirar las cláusulas conflictivas, tanto la de los «no gastos» como la del periodo de prueba de tres meses. Mantendría la de la realización de videoconferencias, que también habíamos pedido su anulación.

En vista de que retiran (dejan sin efecto) esas cláusulas hemos decidido aceptar la propuesta, ya que no tiene sentido continuar con un Conflicto Colectivo sólo por el tema de la videoconferencia. Pero es un tema que seguiremos peleando en las actuales negociaciones, porque no nos parece adecuada esa imposición.

Al quedar sin efecto las cláusulas del reconocimiento de «no gastos» y del periodo de prueba de tres meses, ya no se pueden aplicar y por tanto a nadie le pueden retirar el Teletrabajo en ese periodo de tres meses sin cumplir los plazos de preaviso.

Además, cualquier trabajador que considere que tiene gastos por Teletrabajo ya los puede reclamar (el plazo para hacer reclamaciones de cantidades es de un año) aunque haya firmado el acuerdo individual con ese texto. De hecho, sabemos que la empresa está pagando la línea de datos a algunas personas porque, según dice, se lo han solicitado. Pues bien, ahora esos gastos y otros que se tengan se pueden reclamar.

No entendemos por qué UGT ha permitido este engaño a la plantilla durante casi 15 meses, sin exigirle a la empresa que cumpliera las condiciones de su propio acuerdo firmado y que retirara de los acuerdos individuales todo lo que su acuerdo no incluía. Tampoco entendemos que aceptara la aplicación de una cláusula abusiva, algo que avisamos muchas veces.

Esperamos que en el próximo acuerdo ni UGT ni la empresa cometan los mismos errores, ya que es la plantilla la que tiene que sufrir su incompetencia.

Como ya dijimos en su momento, no compensar los gastos que ocasiona el Teletrabajo es ilegal. Ahora han tenido que reconocerlo, aunque usen eufemismos, porque temían perder la demanda.

Enlace permanente a este artículo: https://fesibac.org/2022/11/25/teletrabajo-conciliacion-en-la-audiencia-nacional/