El Juzgado de lo Social nº 42 de Madrid, ha dictado sentencia, donde declara NULO el despido de nuestro compañero Antonio, donde además se reconoce la vulneración de derechos fundamentales.
El tenor literal del Fallo, es el siguiente;
Que ESTIMANDO LA DEMANDA DE DESPIDO interpuesta por don ANTONIO XXXXX XXXXX frente a la empresa TASACIONES HIPOTECARIAS S.A., DECLARO NULO EL DESPIDO efectuado al actor con efectos de 31/03/2022 Y CONDENO a la empresa a su inmediata readmisión en las mismas condiciones existentes en el momento del despido con abono de los salarios dejados de percibir a razón de xxx euros diarios hasta que se produzca su efectiva readmisión y de la cantidad de 5.000 euros en concepto de indemnización de daños y perjuicios.
Que estimando PARCIALMENTE la demanda de reclamación de cantidad formulada por don ANTONIO XXXXX XXXXX frente a la empresa TASACIONES HIPOTECARIAS S.A., condeno a ésta a abonar a aquél la cantidad de 1428,24 euros netos, con el recargo del artículo 29.3 ET.
Es decir, que el compañero tendrá que ser readmitido, y se le deberán abonar la cantidad reclamada correspondiente a la liquidación más los intereses por mora y los denominados salarios de tramitación desde que fue despedido. En cuanto a la indemnización por vulneración de la Libertad Sindical, la juzgadora establece 5.000 € de los 15.000 € solicitados.
Por supuesto, contra esta sentencia cabe recurso, así que estaremos pendientes a lo que decida la Dirección de T.H., lo que determinará la inmediatez o no de la reincorporación de nuestro compañero. En cualquier caso, la sentencia aprecia la existencia vulneración del derecho, en este caso a la Libertad Sindical de nuestro compañero, al entender la sala la existencia de indicios suficientes de que el despido se produce como consecuencia de su actividad sindical, por lo que se siguen sumando condenas de esta índole contra Tasaciones Hipotecarias (Grupo AT Valor) que la sitúa como notable reincidente.
Saludos.
SI LUCHAS, PUEDES PERDER. SI NO LUCHAS, ESTÁS PERDIDO